Los miembros del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial (CJ) aprobaron transferir los gastos de representación a sus salarios, bajo el argumento de que a ese monto adicional también se le debe aplicar el Impuesto Sobre Renta (ISR).
Bajo ese punto de vista, niegan que la medida adoptada sea un aumento de sueldo, ya que hoy reciben en su salario exactamente lo mismo que antes recibían en dos renglones: salario y gasto de representación.
Esta decisión, calificada casi como heroica por los consejeros entrevistados, es aplicable a los cinco miembros del Consejo de la Judicatura, no así a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia que no han tomado una decisión al respecto.
Según lo informado por Teodoro Bonilla a EL HERALDO, decidieron pasar estos gastos de representación a su salario para evitar reparos del Tribunal Superior de Cuentas y para no evadir el fisco.
Y es que, según su argumento, antes recibían estos gastos (49,000 para el presidente de la CSJ y 40,000 lempiras para vicepresidente y consejeros del CJ) sin que estos pagaran impuestos por lo que ahora, como parte de sus salarios, si tendrán que pagar sobre ese monto.
Se le preguntó a Bonilla si esos 40,000 lempiras eran liquidables, es decir, si tenían que ser devueltos los montos no gastados, a lo que Bonilla respondió que no han sido liquidables.
Los gastos de representación han sido dispensados a los funcionarios de alto rango para que cubran gastos adicionales producto de su investidura.
Esto puede incluir recepciones, regalos para visitantes, gastos de movilización, hospedaje, entre otros.
En materia administrativa, lo ideal es que los gastos de representación sean liquidados, de manera que el funcionario devuelva lo que no gastó.
Ahora, al desaparecer estos gastos de representación, por ser parte del salario bruto, los funcionarios pueden hacer lo que quieran con esos fondos considerando que porque son parte de su salario.
Sin duda, la medida beneficia al funcionario para efectos de jubilación, aguinaldos, decimotercer mes de salario y aguinaldo.
En el otro lado de la moneda, en efecto los funcionarios tendrán que pagar impuesto sobre la Renta sobre estos 40,000 lempiras.
No se informó porqué no se tomó otra medida para cobrar el impuesto, sin necesidad de que estos fondos se indexaran a los salarios.
Los hechos
La decisión se aprobó el 28 de octubre de 2013.
EL HERALDO constató en la planilla publicada en el Portal de Transparencia del Poder Judicial, que los salarios son superiores.
Aunque vale aclarar que los consejeros aseguran que no hay aumento de sueldos, sino “consolidación” de dos ingresos en una sola (gasto de representación y salario).
El vicepresidente del CJ y los tres consejeros propietarios tiene un salario de 113,355.45 lempiras, pero a esta cifra se le agregaron 40,000 lempiras (antes gastos de representación), por lo que ahora el sueldo bruto aparece publicado con 153,335.45 lempiras.
En el caso del presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Jorge Rivera Avilés, quien preside el CJ, su salario era de 136,489.21 lempiras.
A este valor se le sumaron 49,000 lempiras de gastos de representación, razón por la cual su salario bruto ahora aparece con la cifra de 185,489.21 lempiras.
El Consejo de la Judicatura tiene entre sus atribuciones la de organizar y dirigir financieramente al Poder Judicial y, en general, administrar los recursos financieros y humanos de la Corte Suprema de Justicia.
Esta entidad, que entró en operaciones en septiembre de 2013, también se encarga de evaluar e investigar al personal de la Carrera Judicial.
Certificación
La transferencia de los gastos de representación se aprobó por unanimidad de los integrantes del CJ mediante una certificación del 28 de octubre de 2013.
La nota indica que el consejero propietario Julio Barahona expuso que si bien los gastos de representación de los miembros del CJ están debidamente comprobados y, por ende, exentos del pago del ISR, según la Ley de Equidad Tributaria, la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) reclama que se aplique el gravamen.
“Es conveniente señalar que la DEI reparó a los magistrados de la CSJ, en el período 2002-2013, ya que esa dirección es del criterio que los gastos de representación deben pagar el Impuesto sobre la Renta, ya que constituyen un salario”, argumentó Barahona.
De igual manera, según el consejero, en una auditoría reciente del Tribunal Superior de Cuentas, recomienda que los gastos de representación son gravables y por ende “se debe de tributar por ese derecho”.
Tras la exposición de esas alegaciones, el CJ resolvió “que los gastos de representación a los que tienen derecho los consejeros se sumen al salario de los mismos y se proceda al pago del Impuesto sobre la Renta”.
No obstante, los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia declinaron que se les aplicara esta operación a sus ingresos, porque decidieron esperar a que la DEI resuelva una impugnación que el pleno de togados del período 2002-2009 interpuso contra el reparo que se les aplicó por el no pago del gravamen sobre gastos de representación, indica la certificación.
Igualmente, los actuales magistrados decidieron esperar a que el Tribunal Superior de Cuentas culmine una auditoría para saber si emite un dictamen referente a la obligación de pagar impuestos sobre gastos de representación. Los actuales magistrados ganan 113,355.45 lempiras y reciben 40,000 de gastos de representación.
La nómina de pagos del presidente de la Corte, los 15 magistrados y el secretario general de la CSJ es de 2,526,838.72 lempiras mensuales.
Esto significa que el valor anual de esa planilla es de 30,322,064.64 lempiras.
Mientras, en el salario del vicepresidente del CJ, de los tres consejeros propietarios, del consejero suplente, del secretario y del secretario adjunto se erogan 804,811.80 lempiras al mes.
EL HERALDO solicitó una entrevista con el presidente de la CSJ, pero la petición fue infructuosa porque en la oficina de prensa de esa entidad se indicó que posiblemente él pueda reaccionar hasta hoy.