El catedrático de derecho constitucional y diputado al Congreso Nacional, Oswaldo Ramos Soto, sostiene que el decreto para la depuración policial, declarado ilegal por la Sala de lo Constitucional, ya no estaba en vigencia, por tanto la sentencia emitida por este organismo no surte efecto retroactivo.
En consecuencia, todo el alegato que ha provocado, incluso, el malestar de un poder del Estado sobre todo poder del Estado “no tiene sentido”, afirmó el catedrático universitario a través de un Foro en Radio Cadena Voces.
Las personas que fueron afectadas por la norma de vigencia determinada que tuvo como corolario la salida sin prestaciones de los policías, tienen el derecho de acudir a los tribunales por otra vía para reclamar sus indemnizaciones o en su defecto pedir su restitución, eso en cuanto a la materia legal.
Respecto a que si la decisión de la Corte Suprema de Justicia entorpece una política del Ejecutivo en materia de administración del gobierno, la Constitución establece que los poderes del Estado son complementarios, independientes y sin relaciones de subordinación. Vivimos en un estado de Derecho donde nadie es superior a nadie.
Indicó que en este caso, el órgano que tiene la facultad de conocer sobre la inconstitucionalidad de las leyes es la Corte Suprema Justicia a través de la Sala de lo Constitucional.
En este momento lo que se sabe por los medios de la sala es que no hay unanimidad, por lo que el pleno tiene que decidir la sentencia.
Dada la sentencia, ¿cuál es el deber del Congreso Nacional y del Poder Ejecutivo?, acatar la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, aunque no sea de nuestro gusto.