Honduras

Buscan que diputados suplentes ausentes sean propuestos por sus partidos

El borrador del dictamen plantea una reforma al artículo 49 a la Ley Orgánica del Legislativo

05.05.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los diputados suplentes ausentes de forma temporal o definitiva ya no serían sustituidos por la persona que designe el presidente del Congreso Nacional, sino que se haría a propuesta del partido político por el que hayan resultado electos.

El borrador de un proyecto de decreto al que tuvo acceso EL HERALDO estipula la reforma al artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, cuya redacción del segundo párrafo de la disposición subraya que “en caso de ausencia temporal o definitiva de un diputado propietario será sustituido por su respectivo suplente; quien a su vez será sustituido por una persona propuesta por el partido político por el cual fue electo”.

“El presidente del Congreso Nacional determina los diputados suplentes de cada una de las bancadas políticas que pueden participar con voz y voto en el pleno”, establece la modificación por adición. Añade que aunque estos congresistas no estén integrados con voz y voto en el pleno de diputados, todos los suplentes que cuenten con la credencial que emite el Consejo Nacional Electoral (CNE) deben ser incorporados al Congreso Nacional para recibir cada uno de los beneficios y gozar de los mismos derechos y deberes que corresponden a los diputados suplentes integrados.

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En los últimos Congresos su máxima autoridad tiene la prerrogativa de decidir a cuántos y quiénes son los diputados suplentes que incorpora y que tienen derecho a un salario.

Otra reforma

La propuesta promovida por los parlamentarios Olga Ayala y Edwin Gómez, del Partido Nacional, también plantea la adición del literal A en el artículo 197 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas.

“Si en el período posterior a las elecciones se produce la vacante de un diputado propietario, esta será cubierta por su respectivo suplente y esta posición a su vez será cubierta por el que designe el partido político por el que fue electo”, apunta.

La enmienda es similar al contenido de la disposición que se busca cambiar de la Ley Orgánica del Legislativo y en caso de aprobarse la nueva Ley Electoral no tendría validez.

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