Corte de Apelaciones confirma que Ebal Díaz incrementó ilegalmente su patrimonio en más de L 32 millones

La Corte ratificó que el exministro de la Presidencia no pudo justificar los fondos, por lo que dictó privación de dominio de siete millones, quedando por recuperar 25 millones

  • 02 de mayo de 2025 a las 11:19
Corte de Apelaciones confirma que Ebal Díaz incrementó ilegalmente su patrimonio en más de L 32 millones

Tegucigalpa, Honduras.- La Corte de Apelaciones confirmó este viernes, -2 de mayo- por unanimidad de votos, la sentencia que declara un incremento patrimonial no justificado por parte del exfuncionario Ebal Díaz, por un monto superior a los 32 millones de lempiras.

Según la resolución, el exministro no logró justificar el origen de L. 32,537,274.30, lo que llevó a la privación de dominio de L. 7,045,098.24, fondos que pudieron ser asegurados. No obstante, aún queda un monto pendiente de recuperar que supera los 25 millones.

La decisión también rechaza el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Díaz Lupián, cuyo paradero es desconocido, y ratifica la sentencia emitida en octubre de 2024 por el Juzgado de Letras de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito.

Ebal Díaz reaparece en redes sociales y asegura que es víctima de persecución política

El análisis financiero abarca el período entre los años 2017 y 2022, último periodo de gobierno del expresidente Juan Orlando Hernández, y reveló que Ebal Díaz manejó recursos sin justificación clara de su origen, distribuidos en múltiples cuentas bancarias, de las cuales siete seguían activas al momento del estudio. En ellas, se hallaron fondos que permitieron asegurar una parte del dinero cuestionado.

Los magistrados argumentaron que el derecho a la propiedad no puede amparar bienes obtenidos mediante actividades ilícitas.

La reacción de Ebal Díaz tras inclusión en la Lista Engel

Tras la ratificación de la privación de dominio de los fondos asegurados, el exministro reapareció a través de X/Twitter para reaccionar a la sentencia. "La Corte de Apelaciones siguió el “guion” que todos conocemos, los jueces serían destituidos si contradicen al régimen", inició en su posteo.

"Seguiremos presentando los recursos nacionales rumbo a la instancia internacional, por ahora parece ser el único espacio donde encontraremos objetividad", amplió.

El exfuncionario, que se encuentra fuera del país desde 2022, tras ser señalado por corrupción, tiene tres nacionalidades, la de Nicaragua, la hondureña y la mexicana, ya que nació en Tegucigalpa el 23 de diciembre de 1973, pero es hijo de un olanchano y su madre procede de Michoacán, México. Se presume que estaría en Nicaragua.

Ratificación

Poder Judicial Honduras
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
NOTA DE PRENSA
2 de mayo de 2025

CORTE DE APELACIONES DE CRIMINALIDAD ORGANIZADA CONFIRMA INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO DE EBAL DÍAZ POR MÁS DE 32 MILLONES Y MEDIO DE LEMPIRAS

Tegucigalpa. – La Corte de Apelaciones con Competencia Nacional en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción por unanimidad de votos, confirmó la Sentencia emitida sobre la Privación de Dominio, en la cual declara que el titular de Derecho Ebal Jair Díaz Lupián, no justificó el origen de L. 32,537,274.3, disponiendo como consecuencia la privación de dominio de L. 7,045,098.24 que pudieron ser asegurados, quedando un monto pendiente de recuperar L. 25,492,176.06.

La parte resolutiva indica que se declara Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado legal de Díaz Lupián, segundo; confirma la sentencia emitida por el Juzgado de Letras de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito, en fecha veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro.

El Juez de Letras, hizo referencia al estudio financiero del período 2017 al 2022 al señor Ebal Díaz; estudio que fue resultado de la integración de datos de instituciones públicas y privadas, durante los años indicados Díaz manejó un total de 32 millones 537 mil 274 lempiras que no tienen justificación de origen. “Durante este tiempo, gestionó múltiples cuentas bancarias, de las cuales siete quedaron activas en dichas cuentas, se encontraron fondos que pudieron ser asegurados por un total de 7 millones 45 mil 098 lempiras con 24 centavos” describió el togado.

Manifiestan los Magistrados de Segunda Instancia que “la protección constitucional al derecho a la propiedad no procede cuando la propiedad es obtenida a través de la lesión de bienes jurídicos o es destinada para la realización de actividades ilícitas.”Con la acción de privación de dominio se logra la legítima protección del interés público, en beneficio de la sociedad, el bien común y la buena fe, mediante el desapoderamiento de bienes, productos, instrumentos o ganancias originadas, obtenidas o derivadas en contravención a la Ley”.

“El Estado se encuentra plenamente legitimado para limitar o privar el dominio de un bien obtenido ilícitamente, destinado a actividades ilícitas o que sean producto o ganancias de éstas, y recomponer así el orden social quebrantado con las actividades ilícitas”, explicaron en su resolución.

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Redacción web
Redacción

Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.

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