Tegucigalpa, Honduras
La directiva del Congreso Nacional (CN) turnó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) un proyecto de reforma al Código Penal para instaurar en Honduras la pena de castración por el delito de violación sexual.
Los magistrados de la Sala de lo Penal deberán emitir opinión acerca de la reforma propuesta por el diputado Luis Cruz, del partido Libertad y Refundación (Libre).
Cruz dijo que la sociedad no debe ser tan tolerante con individuos que violan y matan a mujeres con bestialidad. Indicó que a diario se conoce de padres que violan a sus hijas y de padrastros que abusan y violan a sus hijastras de forma cotidiana.
Los casos de violación son penados con prisión, pero se debe ser más drástico como en otros países, donde se ha instaurado la pena de la castración, dijo el congresista. En Estados Unidos han aprobado leyes de castración en Texas y en California, ilustró el proyectista.
El proyecto propone la reforma del artículo 140 del Código Penal, a efecto de incorporar las figuras de castración química, castración física o quirúrgica como penas aplicables a los tipos penales de violación establecidos en el referido estamento legal.
La iniciativa manifiesta que tiene por objetivo “proteger la vida y la integridad física y psicológica, la libertad sexual, la seguridad de niños y niñas de Honduras”.
El proyecto de ley reforma el artículo 140 adicionando el artículo 130 B, el cual deberá leerse: “La castración química voluntaria y optativa podrá aplicarse a aquel reo de violación que opte a una libertad condicionada y que no tenga un historial de reincidente en conducta de violación.
La castración química obligatoria debe aplicarse a reincidentes de violaciones una vez que cumplan en el establecimiento penitenciario la pena a la cual fueron condenados.
Este último precepto también será aplicado a aquellos reos condenados por tentativa de violación cuando el hecho resulte en grave mutilación al cuerpo de la víctima, y la castración física será aplicable a reincidentes del delito de violación, tentativa de violación y muerte de la victima. Esta última se aplicará al inicio de la condena del reo.
El Estado aplicará, en función de la experiencia de otros estados que ya implementan estas penas, los métodos científicos más humanos en su aplicación”.