Economía

Gobierno reduce canasta alimenticia a 97 productos

Quedará exenta del pago del 12% del ISV el agua natural purificada o higienizada en bolsas de hasta 500 mililitros y en botellones de cinco galones sin gasificar.

03.04.2013

La administración nacionalista de Porfirio Lobo Sosa reducirá de 149 a 97 la lista de productos alimenticios que componen la canasta básica.

Así se encuentra establecido en el anteproyecto de la “Ley de racionalización de los productos contenidos en la Ley del ISV y medidas antievasión”.

En la Ley de Equidad Tributaria, aprobada mediante Decreto 511-2003 del 3 de abril de 2003, que fue uno de los tres “paquetazos” fiscales del gobierno nacionalista de Ricardo Maduro y de Lobo Sosa, como presidente del Congreso Nacional, se estableció una “canasta básica exenta del Impuesto sobre Ventas” de 149 productos.

A comer despojos

Tal como lo denunciaron diversos sectores de la sociedad hondureña, la nueva lista de 97 productos incluye vísceras de pollo, cerdo y res, pero excluye cortes especiales que los consumidores hondureños adquieren en los mercados populares y supermercados del país.

Por vísceras o despojos animales se conoce al corazón, hígado, patas de pollo, piedras, pescuezo, vaso, ubre, patas de cerdo, sangre, cabezas de cerdo, entre otros.

En la lista de exonerados, el gobierno incluye las cabezas de tilapia, corvina, robalo, pargo, bagre, entre otros. Los hondureños no pagarán el 12% del ISV por la compra de morfina o moronga.

Pagarán impuestos

En la iniciativa de ley que preparó la Unidad de Planeamiento, Evaluación y Gestión (UPEG) de la Secretaría de Finanzas, se incluye una serie de productos que están excluidos de la lista de exonerados del ISV.

Entre los alimentos que el gobierno Lobo Sosa considera deben pagar el 12% están los cortes de carne de res denominados “Prime y Choice”. Asimismo, los jamones, paletas y trozos de carne de cerdo.

Los cafés descafeínados, aromatizados y saborizados serán gravados. La azúcar pulverizada será también parte de la lista.

Las pastas integrales en todas sus presentaciones pagarán el 12%. El pan blanco con especies, hierbas, semillas, queso, frutas o nueces, pan tipo baguette, ciabatta, tipo “sub”, croissant, trenzado y pitta serán gravados.

Ley de exoneraciones

ATORIDAD. El nuevo proyecto de Ley Exoneraciones que discutirá el Congreso Nacional faculta a la Secretaría de Finanzas para que sea el único órgano responsable, presente y futuro para autorizar exenciones y exoneraciones fiscales de conformidad a legislación fiscal vigente.

líMITES. Ninguna ley que establezca incentivos tributarios relativos al ISR podrá reducir la tributación efectiva por dicho impuesto por debajo del 40% de la tributación que correspondería en ausencia del incentivo, exceptuando lo descrito en la Ley de Promoción y Protección de Inversiones contenida en el decreto No.51-2011.

INMUNIDAD. Los contratos aprobados por el Congreso Nacional de la República que contengan exenciones y exoneraciones fiscales no serán afectados a la entrada en vigencia de este decreto.

OPERATIVIDAD. La DEI ejecutará las políticas fiscales que proponga la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, así como las leyes fiscales y demás normas que regulen la materia.

MONTO. En ningún caso el monto máximo que recibe una empresa como incentivo tributario proveniente de exención de impuestos o créditos fiscales podrá exceder el 60% del valor de la inversión realizado.

PLAZO. Las reducciones impositivas serán por un plazo máximo de 12 años y decrecientes en el tiempo.

EXTRANJEROS. El cuerpo diplomático, las misiones y organismos internacionales deben presentar la solicitud de exención y exoneración fiscal ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, siendo esta el ente responsable de su tramitación en la Secretaría de Finanzas.
SANCIONES. Se establece una multa equivalente al 200% del impuesto dejado de percibir.

Tags: