Honduras

Decreto de inmunidad frena investigaciones, advierte la Fiscalía

La Sala Constitucional le da curso a las peticiones de inconstitucionalidad contra el decreto legislativo 117-2019

20.11.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) inició un proceso de análisis en torno al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Ministerio Público (MP) contra la inmunidad parlamentaria.

Si el escrito cumple con todos los requisitos establecidos por la Ley de Justicia Constitucional será admitido, de lo contrario, será denegado.

El MP solicitó que se declare por razones de forma y de fondo la inconstitucionalidad del decreto legislativo 117-2019, por colisionar con la Constitución.

El argumento del MP

Pero no solo eso, mediante la aplicación de los párrafos finales del artículo 10-A de esa norma se deja en suspenso cualquier tipo de acción penal que se haya incoado, previamente o a partir de su entrada en vigor, para deducir responsabilidad penal no solo a los diputados que pudiesen cometer ilícitos en el desempeño de su función legislativa, sino a sus auxiliares y empleados.

Igualmente, se detienen las investigaciones vinculadas al ejercicio de la acción penal pública referida a delitos relacionados con la actividad producto de la función legislativa, como delitos de abuso de autoridad, la falsificación de documentos públicos, violación de los deberes de los funcionarios, prevaricato, usurpación de la función pública y otros, vinculados indirectamente con el producto de la actividad legislativa.

Esto provoca la paralización de los procesos relacionados a la aplicación del producto legislativo, constituyéndose, por ende, la prohibición contenida en el artículo 10-A de la Ley Orgánica del Poder Legislativo que señala que la función legislativa es inviolable e indelegable, consecuentemente, no acarrea ningún tipo de responsabilidad penal, civil y administrativa a los diputados que participen en el proceso parlamentario.

Pueden negar información

Además, este decreto le da potestad al CN para denegar las solicitudes de información efectuadas por el MP para sustanciar sus procesos de investigación; en un mecanismo que no solo detiene las investigaciones oficiosas, sino que bloquea, inclusive, la respuesta a cualquier oficio que persiga conseguir información administrativa, no necesariamente vinculada con la responsabilidad de los diputados en su función pública, sino con relación al producto legislativo.

“El artículo 10-A de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en sus párrafos finales del decreto legislativo 117-2019, debe ser declarado inconstitucional por razones de forma, por contravenir el contenido esencial del proceso legislativo constitucional determinado por el artículo 219 del texto fundamental, vulnerándolo”, afirma el escrito presentado por el MP.

En relación a este escrito, la Sala Constitucional admitió un recurso similar presentado por los diputados del Partido Innovación y Unidad (Pinu).

Los jueces están a la espera de que el Ministerio Público remita su dictamen para continuar con el estudio del recurso de inconstitucionalidad.

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