Publican en La Gaceta reformas que endurecen penas contra maras y pandillas en Honduras

Las reformas al Código Penal y Procesal Penal que endurecen las penas contra maras, pandillas y extorsionadores ya fueron publicadas en el diario oficial La Gaceta

  • Actualizado: 23 de mayo de 2026 a las 12:34
Publican en La Gaceta reformas que endurecen penas contra maras y pandillas en Honduras

Tegucigalpa, Honduras.- Las reformas hechas al Código Penal y al Código Procesal Penal, que endurecen los castigos contra maras y pandillas y que fueron aprobadas por el Congreso Nacional el pasado 18 de mayo, ya fueron publicadas en el diario oficial La Gaceta, según se confirmó este sábado 23 de mayo.

El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, confirmó a través de un video: “Hemos aprobado iniciativas para darle seguridad al pueblo hondureño, propuestas que envió el presidente Nasry Asfura y que este Congreso respalda”.

Entre los cambios, Zambrano mencionó el aumento de penas severas para los extorsionadores y la creación de una Agencia Nacional contra el Crimen.

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“También estamos dando instrucciones para que la Policía Nacional, Policía Militar y Fuerzas Armadas estén vigilando las calles”, dijo Zambrano.

Bajo la nueva normativa, el delito de extorsión será castigado con penas de 15 a 20 años de prisión, pero la sanción escalará hasta prisión perpetua si el acto resulta en la muerte de una persona.

También se eliminan beneficios procesales como el procedimiento abreviado para los acusados por este delito.

En el sistema de comunicaciones, las empresas deberán llevar un registro minucioso de los propietarios de las tarjetas SIM, además serán castigadas las personas que presten o que sus cuentas bancarias se vean ligadas para el cobro de extorsión.

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Cambios publicados en La Gaceta

En el Código Penal se reformaron los artículos 272, 373, 374, 375, 473, 522 y 587, mientras que en el Código Procesal Penal las modificaciones se aplicaron a los artículos 212, 285, 237-A y 237-B.

La reforma eleva la extorsión a delito de máxima gravedad y formaliza la declaratoria de estos grupos criminales como organizaciones terroristas.

Es precisamente el artículo 587 de este decreto el que tipifica: “Son asociaciones terroristas las constituidas, sea de modo permanente o transitorio, por dos o más personas organizadas de cualquier forma para cometer uno o más delitos graves, causando intencionalmente la muerte, lesiones corporales graves o toma de rehenes, con el propósito de provocar terror en la población u obligar al gobierno o a una organización internacional a realizar o abstenerse de realizar determinado acto”.

El decreto también crea la Agencia Nacional contra el Crimen, un órgano que unificará bajo una sola política pública los esfuerzos de la DPI, la ATIC, la Policía Militar y las Fuerzas Armadas.

Para leer las reformas completas dé clic aquí: publicación en La Gaceta

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Redacción web
Redacción

Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.

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