Honduras

Niegan fallo político por pleito en San Luis

La Sala Constitucional detectó “graves faltas al debido proceso legal”, por parte del TSE, al denegar un recurso de nulidad contra declaratoria.

29.03.2014

La Sala de lo Constitucional negó rotundamente que la sentencia emitida en el amparo presentado por la disputa de la alcaldía de San Luis, Comayagua, sea un fallo de carácter político.

El recurso de amparo lo interpuso la representación legal de Santos Iván Zelaya Chacón, candidato nacionalista, contra la Declaratoria de Elección Municipal.

“Los argumentos jurídicos están claramente expuestos en la Sentencia emitida”, cita un comunicado de la Corte Suprema de Justicia. Los magistrados de la Sala Constitucional, por unanimidad, fallaron otorgando la garantía constitucional de amparo.


“Establecen en primer lugar que la petición del recurrente no está centrada en la nulidad contra las votaciones, sino en mantener y restituir el goce y disfrute de los derechos o garantías establecidas en la Constitución de la República como lo son los derechos políticos, ante la declaración sin lugar emitida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) cuando se solicitó por parte del recurrente la nulidad de la Declaratoria de Elección Municipal”, cita el comunicado.

“En su estudio la Sala Constitucional igualmente identificó graves faltas al debido proceso legal como la entrega tardía de las actas originales, escrutinio sin estar presente ambas partes, inexistencia de los documentos de reglamentación previo y posterior al sorteo electoral con moneda, entre otra situaciones violatorias, de acuerdo a la documentación de antecedentes solicitada al TSE, por lo que tratándose de un derecho fundamental de orden público, y no derecho privado, no pueden inobservarse obligaciones de ineludible cumplimiento por parte del organismo electoral”, añade.

En este sentido, la Sala encontró suficientes argumentos para llegar al convencimiento de que en la declaración sin lugar de la acción de nulidad presentada ante el TSE, como autoridad recurrida por parte del señor Zelaya Chacón, en efecto fue violatoria del debido proceso y del derecho de defensa del amparista, ya que se inobservó por parte del TSE el propio procedimiento seguido en las impugnaciones de elecciones y de declaratoria electoral.

De acuerdo a lo expuesto por la Sala Constitucional y habiendo analizado las graves falencias en el debido proceso, se concluye que lo solicitado por el amparista, que en este caso es la restitución en el pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos, debe ser otorgado.

Los magistrados integrantes de la Sala Constitucional establecen que las sentencias deben ser congruentes, precisas y coherentes con todos los hechos controvertidos y es bajo la observancia de estos principios que se falló de manera unánime.

Asimismo, deja establecido que esta decisión está en coherencia con la jurisprudencia existente en esta misma Sala cuando en una situación similar se otorgó el amparo interpuesto por el recurrente contra la resolución del entonces Tribunal Nacional de Elecciones en sentencia emitida el 23 de agosto del año 2005 referida a hechos controvertidos en el municipio de Belén, departamento de Lempira.

Lunes resuelven

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) resolverá el lunes la controversia que se ha generado por la disputa de la alcaldía de San Luis, Comayagua.

El presidente de la institución, David Matamoros, informó que será hasta el lunes que se atenderá este caso en el que están involucrados un candidato a alcalde liberal y otro nacionalista.

Primero el TSE deberá evacuar dos escritos: uno, relacionado con una recusación contra el presidente del TSE presentada por el candidato liberal, Leny Flores Suazo, y otro del mismo político que pide que se convoque a una nueva elección en el término municipal.

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