Tegucigalpa, Honduras.- El proceso judicial contra el exalcalde de El Paraíso, Copán, Alexander Ardón obtuvo un fallo absolutorio tras inconsistencias periciales del Ministerio Público (MP).
El 24 de agosto, el Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial Nacional en Materia de Criminalidad Organizada y Corrupción estableció que la perito no logró demostrar el delito de lavado de activos del exedil.
La acusación establecía que Ardón había manejado ingresos totales por 82.3 millones de lempiras entre 2001 y 2015, alegando que existía un monto sin justificar de 6.8 millones.
Sin embargo, la perito financiera del Ministerio Público admitió en pleno juicio haber cometido serios errores aritméticos y metodológicos.
Al corregir sus cuentas frente al tribunal, la experta de la fiscalía rectificó el total de ingresos a 59.9 millones y sumó más de 22 millones de lempiras atribuidos a las ventas de ganado que originalmente habían sido subestimados o ignorados.
Para sorpresa de la sala de justicia, la perito de cargo concluyó bajo juramento que Ardón justificaba matemáticamente el 100% de sus ingresos y que, de hecho, presentaba un saldo lícito a su favor entre 1.4 y 8.4 millones de lempiras.
Ante el colapso de su prueba técnica, el fiscal del caso tomó la inusual decisión de desautorizar a su propia perito durante las conclusiones finales.
Sin un dictamen contable que lo respaldara, el fiscal intentó realizar cálculos matemáticos por su cuenta y de manera verbal ante el tribunal, aduciendo que el exalcalde tenía un supuesto déficit de 21.1 lempiras.
Para lograr esta nueva cifra, el fiscal pretendió anular de golpe las constancias de venta de ganado emitidas por las alcaldías de El Paraíso y San Antonio, Copán, bajo el argumento de que un incendio ocurrido en la tesorería de una de las corporaciones municipales restaba confiabilidad a los documentos.
No obstante, el tribunal determinó que las constancias municipales eran documentos públicos emitidos por el Estado y debían valorarse con un estándar uniforme, especialmente cuando Ardón ya reportaba ingresos agropecuarios lícitos declarados ante el Servicio de Administración de Rentas (SAR) por más de 42 millones de lempiras.
Dudas sobre la pericia del Ministerio Público
No obstante, la discusión no se limitó a las cifras, durante el fallo, la juez evidenció errores metodológicos en los peritajes, algunos de ellos reconocidos expresamente durante el debate.
El tribunal señaló que ninguno de los dos estudios financieros —ni el presentado por el MP o la defensa— logró reconstruir documentalmente una parte sustancial de los movimientos de efectivo registrados en las cuentas bancarias, ya que no se contó con toda la información bancaria disponible.
Además, según el fallo, la pericia fiscal no realizó un análisis de las transferencias entre las propias cuentas del acusado, procedimiento que resultó relevante para evitar que un mismo dinero sea contabilizado más de una vez como ingreso.
Durante su declaración, la perito explicó que no realizó el análisis, según consta en el registro audiovisual del juicio, manifestó que, de haberlo hecho, el resultado habría reflejado un monto menor de ingresos a favor de Ardón.
La posición final de la Fiscalía
Al presentar sus conclusiones en el juicio, el Ministerio Público cuestionó las correcciones realizadas por su propia perito.
La Fiscalía sostuvo que las nuevas cifras no debían ser aceptadas porque se originaron, según su planteamiento, en errores matemáticos y porque la perito habría incorporado como justificación algunas ventas de ganado que, a criterio de la acusación, no correspondía contabilizar.
Con base en ese planteamiento, la Fiscalía fijó nuevamente el monto que consideraba no justificado en 21.1 millone.
Posteriormente, en el desarrollo de la pericia, se estableció que las ventas de ganado ascendían a 22.3 millones. En ese cálculo se incluyó una venta correspondiente al año 2010, que inicialmente, no había sido contabilizada.
Con esa corrección, el monto que aparecía como no justificado se redujo a 1.1 millones de lempiras.