Una depuración o supervisión de fiscales se ejerce en base a la Ley del Ministerio Público (MP), aclaró ayer el fiscal adjunto Roy Urtecho.
El adjunto enfatizó que el MP no se opone a ser supervisado por una Comisión de Reforma de Seguridad Pública, aprobada por el Congreso Nacional (CN). 'No nos oponemos a que estemos supervisados, conforme a lo que establece la Ley del Ministerio Público', dijo. Sin embargo, expuso que para efectos de imponer sanciones en materia penal es el MP quien tiene esa facultad constitucional.
'No estamos en contra de la depuración, pero dentro del marco constitucional y legal', manifestó. 'Nuestro Ministerio Público goza de un rango constitucional, la Ley del Ministerio Público establece que el fiscal general, a través de la Dirección de Fiscalías, supervisa inmediatamente la función de los fiscales', agregó. Por ende, el MP cuenta con una oficina de Supervisión Nacional que investiga actos irregulares de fiscales. 'Respeto los poderes del Estado, pueden tomar la decisión que consideren conveniente, pero como Ministerio Público tenemos nuestra propia ley, dentro de nuestras facultades hacemos supervisión inmediata', señaló. Por lo tanto, la comisión creada por el CN no tiene facultades para sancionar a fiscales ni otros operadores.
El MP es un ente separado de los tres poderes del Estado, presenta los requerimientos, es un juez independiente quien emite un fallo, explicó.
Según lo que observó de lo aprobado por el CN, el papel de la comisión será el de elaborar propuestas y sugerir al MP y la Corte Suprema de Justicia cómo se podría eficientar la transparencia en la gestión. Es de señalar que constitucionalmente el MP y la CSJ no pueden ser intervenidos.
Subrayo que una supervisión debe ser para fortalecer las instituciones, no para debilitarlas.
Se debe supervisar para levantar el perfil del fiscal, no solo para investigar conductas irregulares, dijo.