Exjueza Karla Romero califica de improcedente recusación de Marlon Ochoa contra Cossette López

Según la abogada, permitir recusaciones entre miembros del CNE desnaturaliza la figura legal y vulnera el principio de imparcialidad institucional

  • 06 de noviembre de 2025 a las 11:45
Exjueza Karla Romero califica de improcedente recusación de Marlon Ochoa contra Cossette López

Tegucigalpa, Honduras.-La exjueza y candidata a diputada por el Partido Liberal, Karla Romero, afirmó que la recusación presentada por Marlon Ochoa en contra de la consejera Cossette López ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) carece de fundamento legal y debe declararse improcedente.

De acuerdo con Romero, el incidente no cumple con las condiciones establecidas en los artículos 15 al 18 de la Ley de Procedimiento Administrativo, los cuales definen con precisión cuándo puede promoverse una recusación.

“La recusación constituye un mecanismo procesal excepcional destinado a garantizar la imparcialidad en la toma de decisiones administrativas y jurisdiccionales, y únicamente procede cuando la solicitud es formulada por un interesado directo en el procedimiento frente a la autoridad que conoce del mismo”, explicó la abogada.

Romero indicó que la finalidad de la figura es evitar que quien decide actúe como juez y parte, en casos donde exista un interés personal, directo y legítimo.

Sin embargo, en este caso, el incidente fue promovido por un consejero en contra otra consejera del mismo órgano colegiado, lo que según la jurista resulta jurídicamente inviable.

“El promovente no reviste la condición de interesado directo en el procedimiento, sino que actúa en su calidad de miembro del órgano decisor. Por tanto, no puede situarse como parte procesal frente a otro integrante del mismo ente colegiado”, detalló.

Romero advirtió que permitir la utilización de la recusación entre iguales dentro del CNE desnaturalizaría la figura, generando un uso abusivo del recurso y atentando contra el principio de imparcialidad institucional.

“El acto invocado carece de fundamento jurídico válido y constituye una petición manifiestamente improcedente”, subrayó.

En consecuencia, la exjueza exhortó a que el CNE rechace de plano la solicitud presentada por Ochoa, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo, al no encuadrar en los supuestos previstos por la normativa ni constituir un mecanismo idóneo para resolver diferencias internas entre autoridades con igual investidura jurisdiccional electoral.

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Redacción web
Redacción

Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.

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