El chaleco reflector es una medida aprobada en Honduras en 2015, pero obligatoria desde 2026

Aunque la Ley de Tránsito de Honduras establece desde 2015 el uso obligatorio de chalecos reflectivos para motociclistas, la medida no se fiscalizó durante más de una década. El aumento de accidentes y la falta de controles llevaron a que, desde 2026, las autoridades comiencen a aplicarla con rigor y sanciones

  • Actualizado: 15 de enero de 2026 a las 18:10
El chaleco reflector es una medida aprobada en Honduras en 2015, pero obligatoria desde 2026

Tegucigalpa, Honduras.- Desde el 7 de enero de 2026, la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) estableció la obligación de que motociclistas y acompañantes porten chalecos o distintivos reflectivos al circular por carreteras y calles de Honduras.

La medida apunta a mejorar la visibilidad de quienes se movilizan en vehículos de dos ruedas dentro del flujo vehicular y, con ello, reducir los accidentes de tránsito.

Aunque la exigencia ya estaba contemplada en la normativa desde 2015, su cumplimiento fue irregular durante años, según el planteamiento oficial y la experiencia reportada por conductores.

En la práctica, el chaleco reflectivo quedó como una disposición poco aplicada: muchos motociclistas circularon sin este elemento, mientras los controles fueron esporádicos o inexistentes en varias zonas del país.

El cambio, ahora, es la aplicación efectiva: la DNVT sostiene que el uso del reflectivo debe cumplirse por conductores y acompañantes al transitar por la red vial nacional.

EH Verifica presenta en este explicativo el marco jurídico que respalda la medida y explica por qué se activa con mayor rigor pese a haber sido aprobada años atrás.

Fundamento legal

La exigencia tiene su fundamento legal en una reforma al artículo 99, numeral 28, de la Ley de Tránsito, contenida en el Decreto Legislativo 20‑2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 29 de mayo de 2015.

Este artículo establece que “es de carácter obligatorio el uso de banda reflectora o cualquier otro distintivo de color anaranjado, rojo o blanco para los conductores y pasajeros de vehículos motorizados en dos (2) o tres (3) ruedas”, y que este elemento debe estar adherido a un arnés o chaleco.

Aunque la norma existe desde 2015, su aplicación estricta comenzó hasta 2026. Durante varios años, esta disposición fue tratada como una recomendación legal sin fiscalización efectiva, lo que permitió que muchos motociclistas circularan sin el distintivo reflectivo, sin enfrentar sanciones.

En conversación con EH Verifica, el comisionado de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), José Adonay Hernández, confirmó que la medida fue aprobada hace casi una década, pero su cumplimiento se intensificó recientemente debido al aumento de accidentes que involucran motocicletas.

“La normativa está desde 2015. Llevamos cerca de 10 años ya de tenerla en vigencia. No podemos alegar ignorancia. Nosotros volvemos a estar en una etapa de sociabilización para orientar y explicar que el chaleco es una herramienta, no un salvavidas. No va a impedir un accidente, porque quien lo evita es el ciudadano que conduce. El chaleco sirve para hacerse visible, para prevenir”, explicó Hernández.

El comisionado aclaró que aún no se están aplicando sanciones y recomendó a los motociclistas informarse a través de las plataformas oficiales de redes sociales.

Expertos consideran que la inclusión del numeral 28 en 2015 fue parte de un conjunto más amplio de reformas a la Ley de Tránsito, destinadas a fortalecer la seguridad vial mediante la definición de estándares y obligaciones específicas para motociclistas.

No obstante, la ausencia de campañas de socialización y de mecanismos de implementación provocó que esta obligatoriedad permaneciera en la teoría, sin aplicación práctica por parte de conductores ni autoridades.

“En varios países el uso del chaleco reflectivo para motociclistas sí ha funcionado, pero no solo por imponer multas, sino porque se ha aplicado una estrategia integral. Honduras ya cuenta con base legal vigente en la Ley de Tránsito, por lo que la clave ahora es aplicarla correctamente y con enfoque en seguridad vial”, opinó el abogado Elmer Orellana.

Este cambio en la aplicación de la normativa responde al alarmante incremento de accidentes de tránsito en los últimos años, con una alta proporción de víctimas entre motociclistas y sus acompañantes.

Acciones viales: el detonante

Hernández alegó que el aumento de accidentes viales motivó la obligatoriedad del uso del chaleco reflectivo a partir de 2026.

“El chaleco puede convertirse en un arma contra la fatalidad. Tenemos registros que indican que, del total de accidentes viales, el 72% involucra a usuarios de motocicleta. De ese 72%, el 42% fallece.

"Son datos que reflejan una realidad fría”, afirmó.

Según la DNVT, alrededor de 1,894 personas murieron en accidentes de tránsito en todo el país, con un promedio de 5 muertes diarias.

Un porcentaje considerable de estos decesos se relaciona con la baja visibilidad de las motocicletas, especialmente en condiciones de poca luz o durante la noche.

Frente a este panorama, en 2025 las autoridades impulsaron campañas de socialización y educación vial dirigidas a motociclistas. Estas acciones buscaban informar sobre la obligatoriedad del chaleco y el objetivo de la medida antes de aplicar sanciones.

La transición hacia la obligatoriedad también respondió a la necesidad de alinear la normativa hondureña con estándares internacionales de seguridad vial, los cuales reconocen que los elementos reflectivos aumentan la visibilidad y disminuyen el riesgo de colisiones en carreteras y zonas urbanas.

Otro factor determinante fue la percepción de que, aunque la ley establece el uso del chaleco desde 2015, su falta de aplicación restó eficacia a la norma.

Por ello, en 2026 se adoptó un enfoque más riguroso, con operativos específicos, multas de hasta 400 lempiras para quienes no lo porten y la creación de mesas interinstitucionales para definir las especificaciones técnicas de los implementos reflectivos.

No obstante, la implementación de la medida ha generado críticas y confusión, sobre todo por la variedad de modelos disponibles y la interpretación de colores y características del chaleco.

Las autoridades han aclarado en diversas ocasiones que el objetivo principal de la medida es la seguridad, no la estética ni la moda.

Aunque la disposición estaba incorporada en la Ley de Tránsito desde 2015, su fiscalización efectiva fue postergada.

Este período permitió preparar campañas educativas, organizar controles y responder al aumento de siniestros viales, transformando una norma latente en una medida obligatoria.

Con la entrada en vigor de los operativos y sanciones, el uso del chaleco reflectivo dejó de ser una disposición ignorada para convertirse en una obligación real en las carreteras hondureñas.

Las autoridades esperan que esta medida, pendiente de aplicación durante más de una década, contribuya finalmente a reducir la siniestralidad vial, especialmente entre motociclistas, uno de los sectores más vulnerables en el país.

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José Quezada
José Quezada

Periodista egresado de la UNAH. Se desempeña como redactor digital de El Heraldo desde 2022. Se especializa en la elaboración de noticias de última hora, Fact-checking, semblanzas, temas políticos y educativos.

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