Economía

Reformas al 1.5% del Impuesto Sobre la Renta no aplican para el 2017

Explicaron que se generó una confusión con la redacción de Decreto 31-2018

30.04.2018

Tegucigalpa, Honduras
Las empresas con ingresos de 10 millones de lempiras o más al año deben pagar el 1.5% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por el período fiscal 2017 que concluye el miércoles 2 de mayo.

Así lo aclararon el presidente del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Juan Carlos Sikaffy; la secretaria de Finanzas, Rocío Tábora, y la directora del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Miriam Guzmán.

Explicaron que se generó una confusión con la redacción de Decreto 31-2018, en el que se detalla que “las personas naturales o jurídicas que hayan obtenido ingresos brutos iguales o inferiores a trescientos millones de lempiras en el período fiscal 2017 no están sujetos a la aplicación del Artículo 22-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta”.

Miriam Guzmán explicó que, de acuerdo con la Constitución de la República y el Código Tributario, las leyes no son retroactivas, por lo que en la reforma es efectiva a partir de 2018.

Detalló que el período 2017 solo se tomará como referencia para saber cuáles empresas dejan de pagar el 1.5%, ya que el nuevo techo máximo es de 300 millones en ventas anuales.