Reforma a la Ley de Tarjetas de Crédito no será modificada por el CN

En su lugar se anunció que la CNBS establecerá las condiciones reglamentarias sobre las compras y pagos en línea una vez sean promulgados los cambios

  • 14 de mayo de 2025 a las 16:04
Reforma a la Ley de Tarjetas de Crédito no será modificada por el CN

Tegucigalpa, Honduras.- Aunque hubo señalamientos a una de las últimas reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito, el Congreso Nacional no procederá a su modificación, por lo que quedará en manos de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).

Así fue anunciado por el presidente del Poder Legislativo, Luis Redondo mediante un comunicado, donde indica que "una vez publicada la reforma (en el diario oficial La Gaceta) corresponderá a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros en el marco de sus atribuciones legales, establecer las condiciones reglamentarias para garantizar la seguridad y confianza en las compras y pagos en línea".

Sin embargo, han transcurrido dos reuniones sin que se haya aprobado y ratificado el acta de la sesión ordinaria del pasado 7 de mayo, por lo que no se podría continuar el trámite legislativo para proceder a la sanción de las modificaciones a la referida normativa, confirmaron analistas a EL HERALDO.

Al no haber sucedido lo anterior no hay espacio para la presentación de una moción de reconsideración al acta por algún diputado para que luego se remita a sanción presidencial y por último se proceda a la promulgación en el diario oficial La Gaceta para su entrada en vigor.

La Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba) se pronunció en torno a los cambios al artículo 44 del decreto 106-2006 que contiene la Ley de Tarjetas de Crédito, cuestionando que impedirá los pagos en línea con los instrumentos financieros.

"Los establecimientos comerciales afiliados serán responsables de identificar al tarjetahabiente y de obtener la firma de este al momento que haga uso de una tarjeta de crédito; son responsables de realizar el proceso de cobro de las transacciones mediante tarjeta de crédito o débito siempre a la vista y en presencia del tarjetahabiente, pudiendo realizarse a través de POS (terminal de punto de venta) digitales o cualquier otro medio", subraya la nueva redacción de la disposición.

La institución que aglutina a los 15 bancos comerciales que operan en el territorio hondureño sostiene que la modificación a este artículo va a impedir que se realicen compras virtuales en diferentes comercios, incluyendo otras necesidades a ser pagadas con tarjetas de crédito, generando un perjuicio directo a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

Hasta dos notificaciones se recibirán por transacciones de L5,000 o más

Fortalece seguridad

En el comunicado del CN contradice los argumentos de la Ahiba y se menciona que "la reforma fortalece la seguridad en las transacciones digitales con el objetivo de prevenir fraudes, suplantación de identidad y clonación de tarjetas de crédito".

Además, cita que todavía se encuentra en vigor el literal I del artículo 38 de Ley de Auxilio al Sector Productivo y a los Trabajadores ante los efectos de la Pandemia provocada por el covid-19 en el que se autoriza a las instituciones supervisadas por la CNBS a cumplir con las transacciones que ejecuta su clientela por vía electrónica con la posibilidad de sustituir copias o documentos originales por imágenes electrónicas.

Varias modificaciones a su articulado ha sido objeto la Ley de Tarjetas de Crédito, siendo en el 2018 la última de ellas en la que estableció un 54% como la tasa de interés máxima cobrada a través de estos medios de pago.

¿Cuántos personas y empresas tienen tarjetas de crédito en Honduras?

Obtener

"La Comisión Nacional de Bancos y Seguros en coordinación con el sector financiero y con las Cámaras de Comercio deberían obtener información de países que tienen décadas de tener muchísimas transacciones por vía electrónica, utilizando tarjetas de crédito y debe de existir un mecanismo que ayude a proteger a los tarjeta habientes y a la vez a agilizar las transacciones comerciales", sugirió la expresidenta del Colegio Hondureño de Economistas (CHE), Liliana Castillo.

Agregó que "la obligación de exigir la firma del comprobante de pago mediante tarjetas de crédito es un mecanismo que sirve para proteger a los tarjetahabientes, ya que con la proliferación de transacciones en línea ha aumentado considerablemente el fraude y cobros indebidos por transacciones que no las realizaron los tarjetahabientes, lo que genera el problema que si no se hace el reclamo correspondiente dentro de los 30 días siguientes a haber recibido el estado de cuenta se tiene que pagar obligatoriamente el cobro indebido".

Desde la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa (CCIT) manifestaron su preocupación por los alcances que tendría la enmienda en el caso específico del artículo 44.

"Honduras no puede darse el lujo de retroceder en digitalización. Necesitamos leyes que impulsen la innovación, faciliten el comercio y respondan a las nuevas formas de consumo", afirmó Daniel Fortín, presidente de la CCIT.

De su lado, el jefe de la bancada del Partido Salvador de Honduras (PSH), Carlos Umaña, escribió en sus redes sociales que "ya no habrán intereses por la totalidad del pago trasladados al cliente al siguiente mes si no paga el 100% de la cuenta. Esto se hará por saldo insoluto y de esta forma se quitarán estos intereses leoninos y eliminará esta desigual manera de cobrar".

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Álvaro Mejía
Álvaro Mejía
Periodista

Licenciado en Periodismo, egresado de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) con amplia experiencia en análisis y cobertura noticiosa económica, política y Congreso Nacional. Redactor de la sección Dinero y Negocios (D&N).

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