Tegucigalpa, Honduras.- En Tegucigalpa y Comayagüela y a nivel nacional, los adultos mayores cuentan con beneficios en el transporte público que buscan garantizar su derecho a la movilidad y que este sea practicado dignidad. Según la normativa vigente, las personas de 60 a 79 años deben pagar un 25% menos del precio del pasaje normal.
Esto significa que, si el pasaje tiene un costo de 13 lempiras, un adulto mayor o persona con discapacidad solo deberá pagar 9.75 lempiras, siempre y cuando presente su tarjeta de identidad o carné de adulto mayor.
Por su parte, los hondureños de 80 años o más, clasificados dentro de la denominada cuarta edad, disfrutan de un descuento del 35%, pagando aproximadamente 8.55 lempiras si el pasaje vale 13 lempiras.
La Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados de Honduras establece que toda persona que haya cumplido 60 años, ya sea hondureña o extranjera residente, puede acceder a estos beneficios, siempre que cuente con la documentación correspondiente.
Esta legislación busca garantizar derechos y condiciones dignas a este sector, reconociendo la importancia de brindar facilidades económicas que les permitan integrarse plenamente en una actividad cotidiana.
Además, la normativa incorpora la categoría de cuarta edad, destinada a personas que han superado los 80 años. Este grupo recibe un reconocimiento adicional debido a su mayor grado de vulnerabilidad y necesidades especiales.
Entre los beneficios más destacados de la ley se encuentra el acceso a descuentos en el transporte público urbano e interurbano, tanto en buses públicos como privados. El descuento se aplica sobre la tarifa normal, siempre que el usuario presente un documento de identificación válido.
Organizaciones defensoras de los derechos de los adultos mayores y autoridades del sector transporte han enfatizado que estos descuentos no son un favor, sino un derecho establecido por la ley.
El beneficio también se extiende a las personas con discapacidad, quienes tienen derecho a un descuento del 25% en el transporte público, amparadas en la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad.
Danilo Lou, titular de la Dirección General de Protección al Consumidor (DGPC), indicó que algunos empresarios consideran que aplicar estos descuentos reduce sus ganancias, pero aclaró que esto no es cierto.
“El descuento es otorgado por el Estado y, además, puede registrarse contablemente, sirviendo como crédito fiscal para efectos del impuesto sobre la renta”, explicó Lou, quien resaltó la importancia de concienciar a los transportistas sobre la legalidad de la medida.
Para reforzar esta educación, se proyecta una campaña de socialización dirigida a los empresarios, con el objetivo de que comprendan que estos descuentos no representan pérdidas económicas y pueden generar beneficios fiscales.
Existen reuniones programadas con el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), encargado de supervisar la correcta implementación de estas medidas, con el fin de iniciar un programa de concienciación integral.
El cumplimiento de estas disposiciones se vuelve especialmente relevante en la capital, donde la movilidad es constante y los adultos mayores requieren garantías de acceso seguro y económico al transporte público.
Ciudadanos consultados consideran que los descuentos ayudan a sobrellevar los gastos diarios y representan un alivio para quienes dependen del transporte público para sus actividades cotidianas.