El lunes, a las 12:00 de la noche, vence el período otorgado por la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas para que los actores de la justa cívica hagan propagada abierta.
Este término incluye a los medios de comunicación que podrán publicar la propaganda hasta la medianoche de ese día.
Queda prohibido, en esos cinco días, hacer manifestaciones públicas, concentraciones, entrega de afiches, carros parlantes y caravanas.
A partir de ese momento, entra en vigor un período identificado como “silencio electoral” creado para que los electores y políticos tengan un espacio para la reflexión.
Los políticos podrán tener reuniones privadas y divulgar a través de los medios de comunicación propuestas de gobierno sin hacer llamados al voto.
Quien lo haga, estará expuesto a una sanción de 40 salarios mínimos, o sea, más de un cuarto de millón de lempiras.