La Sala Constitucional deberá conocer amparo en caso de "Tito" Asfura

El recurso había sido turnado a una Corte de Apelaciones, sin embargo, esta determinó que el amparo debe ser conocido por un alto tribunal

  • 10 de junio de 2025 a las 00:00
La Sala Constitucional deberá conocer amparo en caso de Tito Asfura

Tegucigalpa, Honduras.- Una Corte de Apelaciones en Materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción de Francisco Morazán resolvió que el amparo interpuesto por la defensa del presidenciable Juan Nasry Asfura Zablah, deberá ser conocido por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Se trata de un recurso de amparo que los apoderados legales del político hondureño incoaron en la Sala Constitucional, en octubre de 2024.

En relación a esa acción, en noviembre de ese mismo año, la Sala Constitucional emitió una providencia mediante la cual se declaró incompetente para darle trámite debido a que esa acción de amparo presentada era contra las actuaciones que en su momento realizó el Juzgado de Letras en materia de Criminalidad Organizada, Medio -Ambiente y Corrupción.

Carlos Silva, portavoz del Poder Judicial (PJ), explicó que "en consecuencia, a esto que indicó la Sala Constitucional es que la Corte de Apelaciones se transformó en un Tribunal Constitucional y lo que ellos han fallado en las últimas horas es que tiene que ser la Sala Constitucional a quién corresponde la competencia para resolver la acción de amparo interpuesta por la defensa del señor Nasry Asfura".

Resolución

Los magistrados de la Corte de Apelaciones analizaron la declinatoria resuelta por la Sala Constitucional, resolviendo devolver las diligencias al alto tribunal, para que el amparo sea conocido por los cinco magistrados de la Sala Constitucional que conozcan la acción de amparo.

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El amparo fue interpuesto contra las actuaciones del Juzgado de Letras en su momento, ya que en el expediente que es investigado Asfura, también está Nilvia Ethel Castillo Cruz, diputada al Parlamento Centroamericano (Parlacen) y otros seis ciudadanos, y por ende debía de ser conocido por una instancia superior.

Además, Cinthia Elizabeth Borjas Valenzuela, Mario Roberto Zerón Suazo, Óscar Rolando Uriarte Romero, Roger Ariel Amador Ramírez, Rony López Córdova y Wilmer Gerardo Rodríguez López.

La defensa de los imputados, en su recurso argumentó que se estaban violando los derechos de sus representados debido a la incompetencia del tribunal ordinario, la preminencia de lo actuado y los establecido por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) a través de su informe lo cual determina la falta de acción del Ministerio Público (MP).

A raíz de que en el expediente está incluida esta alta funcionaria, éste fue turnado a un magistrado de la Corte Suprema de Justicia para que realice las labores de juez de letras designado.

Sobre sí este recurso podría frenar alguna actuación de parte del juez natural designado, Carlos Silva, aseguró que "no. Las acciones de amparo únicamente detienen los procesos cuando son otorgados con suspensión del acto reclamado".

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Esta acción de amparo se ha turnado nuevamente desde la Corte de Apelaciones a la Sala Constitucional, por lo tanto, deberán ser los magistrados de la CSJ los que admitan el recurso de amparo, posteriormente conocer si se ha pedido la suspensión del acto reclamado y luego fallar sobre el fondo del asunto.

Acusación

El Ministerio Público los acusa de los delitos de lavado de activos, malversación de caudales públicos, uso de documentos falsos y violación a los deberes de los funcionarios.

De acuerdo con las investigaciones del MP, el desvío supuestamente se realizó mediante la emisión de 32 cheques a nombre de Nasry "Tito" Asfura, Cinthia Elizabeth Borjas Valenzuela y Nilvia Ethel Castillo Cruz, entre 2017 y 2018, los cuales fueron solicitados al banco administrador del fideicomiso de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), bajo la justificación de “fondos rotatorios”, “fondos especiales” y “reembolsos de gastos”.

Los cheques habrían sido depositados en cuentas personales de los imputados, fondos que posteriormente egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas vinculadas a Asfura Zablah, según el requerimiento fiscal.

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Redacción web
Redacción

Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.

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