Amnistía
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Tegucigalpa, Honduras.- El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), desistió este martes de conocer siete recursos de inconstitucionalidad presentados contra la Ley de Amnistía Política.
Carlos Silva, portavoz del Poder Judicial, informó que la decisión obedeció a que los argumentos planteados en los expedientes ya habían sido resueltos con anterioridad por el pleno, que en octubre de 2024 declaró sin lugar, por mayoría de votos, la pretensión de declarar inconstitucional esa normativa.
“Al existir pronunciamiento previo sobre los mismos hechos y fundamentos, lo que procede es el desistimiento, según lo establece el artículo 91 de la Ley de Justicia Constitucional”, explicó Silva.
El decreto 04-2022 que contiene el denominado “Pacto de impunidad”, fue impugnado por varios sectores desde su aprobación, al considerar que contenía disposiciones que violentaban los principios constitucionales.
“Por unanimidad de votos, el pleno de magistrados de la CSJ resuelve desistir por repetición de expedientes que estaban pendientes de resolución en los que se impugnaba el Decreto 04-2022. Asunto que ya había sido resuelto por mayoría de votos, denegando los recursos que solicitaban la inconstitucionalidad de la norma”, informó la CSJ a través de su cuenta oficial de X.
La Amnistía Política es una herramienta legal aprobada por el oficialismo en sus primeros días de mandato que permitió que altos exfuncionarios del gobierno del expresidente José Manuel Zelaya fueran favorecidos con cartas de libertad a pesar de las acusaciones de corrupción del Ministerio Público.
Con esta decisión, la Corte Suprema de Justicia reafirma y deja firme la constitucionalidad del polémico decreto 04-2022.
Hasta horas de la tarde de este martes, continuó la reunión del Pleno donde se conocieron recursos de casación laboral y discutieron un recurso de apelación de un caso de extradición de un ciudadano venozolano por suponerlo responsable de cometer los delitos de secuestro agravado, extorsión agravada, obstrucción de la libertad de comercio, terrorismo y asociación agravada para delinquir, en perjuicio de la colectividad, el orden público y el Estado venezolano.