Honduras

Honduras: solo los mayores de 25 años portarán armas de fuego

Propuesta obliga a solicitantes de licencias o permisos a practicarse tests psicológicos y a presentar certificado médico que compruebe inexistencia de adicciones a sustancias prohibidas.

07.04.2014

La tenencia y uso de un arma de fuego
será exclusivo de las personas mayores de 25 años de edad.

Los interesados en portar una deberán aprobar una evaluación o test psicológico que determine su aptitud psíquica.

Cualquier persona que desee portar armas tendrá que certificar, mediante revisión médica, la inexistencia de adicciones a psicofármacos, estupefacientes o bebidas alcohólicas.

Estos son apenas tres de los 14 requisitos para la emisión de permisos que contempla el proyecto de ley de control de armas de fuego que discutirá el Congreso Nacional (CN) y que endurece las medidas de control de armas.

El documento, al que EL HERALDO tuvo acceso, contiene 160 artículos que contienen fuertes y duras restricciones para el manejo de las armas, como medida para disminuir los altos índices de violencia.

En su artículo 42 el proyecto señala que están autorizadas a obtener una licencia de portación de armas las personas naturales y jurídicas, pero previo al cumplimiento de una serie de requisitos que actualmente no están contemplados en la Ley de Portación de Armas.

El documento señala que los interesados en portar armas tendrán que aprobar un curso de inducción para el manejo de armas de fuego, mediante un certificado emitido por un instructor habilitado del Registro Nacional de Armas.

Además, se debe aprobar un curso de conocimiento sobre las obligaciones, prohibiciones, medidas de seguridad, sanciones y demás aspectos contenidos en la ley. Las personas que quieran portar armas deberán presentar una constancia de antecedentes policiales y denuncias sobre violencia doméstica e intrafamiliar; además de una constancia de antecedentes judiciales. Cabe mencionar que la actual Ley de Portación de Armas apenas contiene cinco requisitos para la autorización de permisos de portación.

Actualmente los solicitantes únicamente deben presentar un formulario con los datos personales y residencia, información sobre las características del arma, constancia de haberse practicado la prueba balística, pago de la matrícula municipal y documentos de identificación.

La actual Ley establece que cualquier persona o autoridad podrá oponerse al otorgamiento del permiso de licencia, cuando la peligrosidad, antecedentes o conducta desordenada del solicitante, acreditada en el expediente, así lo ameritase.

El proyecto contempla medidas adicionales como la presentación de una constancia de trabajo de un mes de vigencia por parte de la persona interesada en tramitar su permiso de portación de arma. En el caso de las personas jurídicas el proyecto contempla requisitos como la entrega de escritura original y copia de constitución e inscripción.

Asimismo, la presentación de copia de los balances regulares e integración de sus órganos de dirección y constancia de inexistencia de antecedentes policiales y penales de los integrantes del directorio de la persona jurídica.

También, la indicación del lugar de guarda del material controlado que posea o proyecte adquirir, la presentación en original y copia de un plan general de seguridad de los materiales controlados que posean o proyecten adquirir, entre otros.

“La condición de persona autorizada se acreditará mediante credencial única y uniforme expedida por el Registro Nacional de Armas, y se otorgará por períodos renovables que no podrán exceder de tres años, sin perjuicio de las condiciones particulares que rijan los términos de las licencias específicas para la realización de las actividades permitidas por la presente ley”, señala el artículo 45 del proyecto de ley.


Diputados se exoneran

Un aspecto que ha generado reacciones sobre el proyecto es que los diputados contemplan el endurecimiento de medidas para la portación de armas a las personas naturales y jurídicas, pero curiosamente se han excluido de las mismas.

El artículo 110 del proyecto de ley señala que estarán exentos de pago por la emisión de licencia de tenencia y portación de armas de fuego los diputados, jueces, magistrados, fiscales, policías, militares, defensores públicos y miembros del cuerpo diplomático.

Señala además que sus armas deberán estar debidamente registradas en el Registro Nacional de Armas y menciona que en el caso de los ciudadanos que hayan desempeñado el cargo de Presidente de la República, presidente del Congreso Nacional, diputados al Congreso Nacional, presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia, secretarios de Estado en los despachos de Seguridad y Defensa gozarán de una licencia especial de portación de arma de fuego con una vigencia de diez años sin perjuicio de la expiración, revocación o suspensión que establece la presente Ley.

Según el presidente Porfirio Lobo, en el país ningún sector debe tener beneficios particulares y menos exoneraciones, como plantean los miembros del Congreso Nacional en el caso de los permisos de portación de armas.

Las licencias

El proyecto también contempla la emisión de diferentes tipos de licencias para las personas interesadas en portar armas y establece la reducción en la cantidad de armas autorizadas por persona.

Se menciona que las personas además de requerir una licencia de tenencia, ocuparán una licencia de portación para el uso de un arma de fuego.

El documento establece que la licencia de tenencia podrá obtenerse por un período máximo de tres años, pudiendo ser renovada, mientras que la licencia de portación únicamente será extendida por un período de un año, con carácter renovable.

De acuerdo con el al documento en poder de EL HERALDO, tanto la licencia de tenencia, como de portación autorizan un máximo de un arma de fuego por persona.

Otros tipos de licencias que contempla el proyecto son las de colección, instrucción de tiro, administración de establecimientos de tiro, de cacería, de recarga de munición o de cartuchería, de reparación, de comercio interno, para transferencias internacionales, de transporte interno, de almacenaje, entre otros.

A juicio del titular del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), Ramón Custodio, “el registro de control de armas resultó insuficiente en la lucha contra la impunidad, en un país donde cada 87 minutos muere una persona víctima de las armas de fuego”.

Para el control efectivo de las armas, la Secretaría de Seguridad tiene la atribución de organizar el Registro Nacional de Armas, en el cual deberían estar depositadas las evidencias balísticas de todas las armas que circulan en el país, según se desprende de un informe divulgado por el Comisionado de los Derechos Humanos. Los miembros de la Comisión Especial de Seguridad del Congreso Nacional han anunciado que a partir del lunes comenzarán a socializar el proyecto de Ley de Portación de Armas.

Según lo que se ha planificado, para el lunes 20 de mayo a las 10:00 de la mañana se ha programado visitar el Laboratorio de Balística y a las 2:00 de la tarde visitar a los representantes de La Armería en la oficina principal.

Para el martes 21 de mayo, el cronograma establece que a las 9:30 de la mañana los miembros de la Comisión se van a reunir en el salón Ramón Rosa del Congreso Nacional con representantes de los sectores de la sociedad civil, entre ellos Asociación de Ganaderos, Asociación de Campesinos, Asociación de Cafetaleros, Asociación de Patronatos, Asociación Paz y Justicia y Asociación de Empresas de Seguridad.

Diputado descarta desarme general

El diputado y miembro de la Comisión de Seguridad del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, reveló que se descarta un desarme a nivel nacional, ya que se estaría afectando al ciudadano honesto que tiene registrada su arma y anda su permiso de portación.

Lejos de un desarme general se contempla aprobar una veda de seis meses para que las personas puedan inscribir sus armas.

Según el diputado nacionalista, los mayores beneficiados con la veda son aquellos hondureños del interior del país que compraron su arma, pero no pudieron obtener su permiso de portación ante los trámites burocráticos o las falencias del sistema .