Honduras

A dictamen Ley de Cuidados Paliativos

Se permitiría el uso de analgésicos opioides de gran potencia a pacientes con diversas enfermedades en etapa terminal en Honduras.

24.10.2014

Tegucigalpa, Honduras

El proyecto de Ley de Cuidados Paliativos fue turnado en las últimas horas a la Comisión de Salud del Congreso Nacional de Honduras para su posterior discusión.

Esta propuesta, presentada por la diputada Maritza Varela del departamento de Yoro, tiene como objetivo garantizar el cuidado y atención adecuado para pacientes que sufren diversas enfermedades en etapa terminal en Honduras.

En la exposición de motivos del decreto remitido a la Comisión de Salud se establece que el 80% de los pacientes con cáncer, el 80% de los pacientes con VIH-Sida, el 67% de los pacientes con enfermedades cardiovasculares crónicas y el 67% de los pacientes con neumopatía obstructiva crónica, experimentan dolores moderados o graves en las últimas etapas de la vida.

Por tanto, en muchos de los casos 'el único modo efectivo de tratar ese dolor es con morfina y analgésicos conexos', por lo cual se expone la necesidad de poner a disposición del paciente que los necesite diferentes analgésicos opioides de gran potencia.

La iniciativa indica que 'el paciente tiene derecho a pedir la suspensión voluntaria del tratamiento curativo y dar inicio al tratamiento o cuidados paliativos adecuados a su enfermedad, necesidades y calidad de vida'.

'La suspensión voluntaria del tratamiento curativo, implica cancelar todo tratamiento que pretenda prolongar inútilmente la vida del enfermo y que se conoce como ensañamiento terapéutico. De éste modo, el enfermo opta por recibir un tratamiento para disminuir el dolor y dar lugar al bienestar del enfermo, dejando que el padecimiento evolucione naturalmente', agrega.

Para la aplicación de la misma, se plantea que la decisión del enfermo de suspender su tratamiento curativo constará en un documento con características predeterminadas por disposiciones oficiales que hagan expresa su voluntad, mismo que puede ser elaborado en cualquier momento.

No obstante, atendiendo a la autonomía de la voluntad del paciente, dicho documento podría ser revocado en cualquier momento.

La regulación pretende garantizar que toda acción médica y sanitaria cuente con el consentimiento del paciente o de su representante, esto implica derechos y obligaciones para prestadores y usuarios.