Elecciones en Honduras

TSE: Campaña en redes no podrá regularse durante silencio electoral

A partir de este martes ningún partido político o candidato podrá hacer propaganda pidiendo el voto so pena de ser sancionados, medida que se extenderá a medios de comunicación que se presten para violar la Ley Electoral

20.11.2017

Tegucigalpa, Honduras
El magistrado suplente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Marco Ramiro Lobo, reconoció este lunes que las campañas políticas que se hagan a través de redes sociales no se pueden regular durante estos próximos cinco días.

“No existe una legislación que nos permita a nosotros sancionar a alguien o hacer un monitoreo de cómo se está manejando; creo que esa es una gran laguna que tiene la Ley Electoral”, expresó a EL HERALDO. El funcionario agregó que “lo que la ley establece es la prohibición a través de los medios de difusión, un evento relacionado a la petición del voto”.

De su lado, el comisionado de la Unidad de Política Limpia, Javier Franco, apuntó que en caso de que un candidato u organización haya contratado agencias, asesores o expertos en imagen de redes se deberá de consignar en el reporte que entregarán sobre sus gastos de campaña.

A partir de este martes ningún partido político o candidato podrá hacer propaganda pidiendo el voto so pena de ser sancionados, medida que se extenderá a los medios de comunicación que se presten para violar la Ley Electoral.

El período de 90 días para hacer campaña terminó este lunes a la medianoche.

La Ley Electoral establece que “la propaganda electoral solo podrá ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a la práctica de las elecciones internas y primarias y noventa (90) días calendario anteriores a la celebración de las elecciones generales”.

“Fuera de los plazos establecidos en el presente artículo, queda prohibida la propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, la radio, periódicos escritos, revistas, vallas publicitarias en sitios o lugares públicos,altoparlantes fijos o móviles y concentraciones públicas”, añade.

También hay sanciones para quienes infrinjan la ley.

“Los que contravengan lo establecido en este artículo serán sancionados con una multa de cien (100) a quinientos (500) salarios mínimos; igual sanción se impondrá a los medios de comunicación involucrados”.