Economía

Equipos y sistemas que no tengan la etiqueta energética quedarán excluidos en Honduras

La Ley para el Uso Racional y Eficiente de la Energía otorga competencias y facultades a la Sen en esa materia. Se creará una comisión, consejo y fondo
13.07.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La típica etiqueta amarilla o energética que poseen equipos, aparatos y sistemas nuevos será indispensable para que puedan ser comercializados en el país en el marco de eficientar el uso de la energía eléctrica aunado a la racionalización de este recurso.

Así lo estipula el artículo 13 de la iniciativa de Ley para el Uso Racional y Eficiente de la Energía en Honduras a la que tuvo acceso EL HERALDO, cuyo marco legal inédito cuenta con el respaldo de las autoridades de la Secretaría de Energía (Sen), institución que establecerá las normas necesarias para su respectivo cumplimiento.

“Solo podrán comercializarse en el país equipos, aparatos y sistemas que utilicen energía eléctrica o combustibles para su funcionamiento que incluyan información normalizada de aplicación nacional referente al consumo y desempeño energético mediante etiquetas de acuerdo con la reglamentación”, subraya la disposición.

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La referida etiqueta deberá estar visible no solo en el artículo, sino también en los lugares de exhibición al igual que en el material publicitario de los puntos de venta. Si estos adhesivos de eficiencia energética que proporcionan información verificada y certificada del consumo aparecen en otro idioma, el importador deberá fijar al lado un etiquetado con la traducción al español.

En el artículo 17 de la propuesta se advierte a los distribuidores que “en caso de que el artículo no esté etiquetado deberá abstenerse de distribuirlo”. El proyecto de decreto que contiene este instrumento jurídico fue introducido el pasado 6 de junio en el Congreso Nacional por el jefe de la bancada de Libertad y Refundación (Libre), Rafael Sarmiento.

Desde la Secretaría de Energía hemos venido impulsando (iniciativas) para tomar medidas concretas de ahorro energético en el país”, subrayó en su cuenta de Twitter el titular de la institución rectora del sector energético nacional, Erick Tejada.

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Bases de indicadores

La base de indicadores de eficiencia energética se creará para registrar, organizar, actualizar y difundir la información, proporcionando indicadores sobre usos finales de energía a nivel nacional que abarcará al sector residencial, comercial, industrial, transporte, servicios para la formulación de políticas que permitan mejorar el uso de la energía eléctrica.

Desde el Operador del Sistema (Ods) y la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) hasta los generadores privados y todas aquellas entidades competentes deberán proveer información para este conjunto de datos.

Una comisión interinstitucional de información energética, el consejo consultivo y el Fondo para el Uso Racional y Eficiente de la Energía (FUREE) surgirán con base en el articulado de esta ley, a la que tendrá que dársele el trámite legislativo previo a su aprobación.

Según el artículo 37, los recursos destinados a la eficiencia energética constituyen bienes inembargables que provendrán de aportes del gobierno central, cooperación externa, banca multilateral, inversiones privadas, aportes, asignaciones, donaciones, transferencias por cualquier título de personas naturales o jurídicas hasta de una partida anual de 10 millones de lempiras contemplada en el presupuesto general de ingresos y egresos de la República de cada ejercicio fiscal.

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