Tegucigalpa

No habrá aumento en las tasas municipales de la capital de Honduras

Las autoridades locales anunciaron de manera reciente que no habría alza a ningún tipo de tributo

16.12.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La ley local que rige a todos los habitantes y transeúntes del Distrito Central, el Plan de Arbitrios, ya fue revisada y aprobada por la Corporación Municipal. En el proceso se formalizaron reformas que se han realizado en los últimos años.

Y es que la normativa que estuvo vigente hasta este año fue la establecida desde 2013, por lo que ya se encontraba desactualizada. Desde entonces, los nombres de algunas unidades municipales habían sido modificados y ahora cambian.

Una de las principales preocupaciones con la llegada de un año finalizado en 0 o 5 es que se le da potestad a la comuna de aumentar las tasas y servicios municipales.

Sin embargo, las autoridades locales anunciaron de manera reciente que no habría alza a ningún tipo de tributo. En ese sentido, las modificaciones de los 13 títulos en los que se distribuyen los 194 artículos del plan van orientadas más a la forma que al fondo.

“Nuestra postura fue la de cumplir la promesa de no efectuar aumentos, lo que se deja formalizado son multas que se realizaban y que no aparecían reflejadas”, explicó Jorge Aldana, octavo regidor de la comuna.

El 25 de noviembre, luego de una reunión entre el alcalde Nasry Asfura y las autoridades de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa (CCIT) se acordó no subirle a tasas municipales para el 2020 y así lo contempla el recién revisado Plan de Arbitrios.

Juan Carlos García, primer regidor municipal, detalló que el fin de las modificaciones de la normativa es el de unificar criterios y actualizar datos.

“Se está a la espera de hacer la publicación en el diario oficial La Gaceta para que sea formalizada la normativa”, anunció.

Los cambios
En el documento se aprecian desde cambios sencillos como en el artículo 46, que en 2013 hace referencia a la Superintendencia de Aseo Municipal y para 2020 ya se le nombra como gerencia, pues este año la unidad adquirió esta categoría.

Además se han realizado agregados a algunos artículos para evitar lagunas. Por ejemplo en el artículo 31, que aclara que la tarjeta de solvencia municipal es exclusiva para el impuesto personal y no una solvencia municipal (impuestos, tasas y otros).

También se incluyen algunas tablas de cobros que manejan dependencias como la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) y la Gerencia de Control de la Construcción y Evaluación de Riesgos, algunas aparecían en el reglamento de cada unidad pero no habían sido incluidas en el Plan de Arbitrios.

Además de que hay algunos enunciados que antes no aparecían, por ejemplo el de ejecutar actividades que realicen cierre de vías sin el respectivo permiso emitido, la Gerencia de Movilidad Urbana multará con el equivalente a un salario mínimo.

A Movilidad Urbana se le agregan cuatro artículos que amplían sus normativas.

Las más relevante es que van a regular a las personas que cobran por el parqueo en la vía pública. Las autoridades trabajan en un plan para combatir estos abusos.