Un aumento al monto de las cotizaciones y a la edad para jubilarse contempla la nueva Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (Inprema), aprobada ayer por los diputados al Congreso, en su tercer y último debate.
Las nuevas normas del régimen económico del Inprema establecen que el salario base mensual de los jubilados para los docentes que ingresen al sistema, a partir de esta ley, no será inferior al 60 por ciento ni inferior a tres veces el sueldo base establecido en el Estatuto del Docente.
Para los docentes actualmente afiliados al Inprema se establece una gradualidad de años para acogerse a la jubilación, la que va a partir de 56 años entre el 2011 y hasta 2014 con 14 años de cotización; 57 años entre 2015 y hasta 2017, con 16 años cotizados; 58 años entre 2018 y hasta 2019, con 18 años cotización y de 59 años a partir de 2020 para lo que requiere haber cotizado 20 años al sistema.
Los docentes que ingresen al sistema a partir de 2011, en que entra en vigencia la ley aprobada ayer por el Congreso, se jubilarán a los 65 años, con el requerimiento de haber cotizado al Inprema por 25 años.
Golpe a las cotizaciones
En cuanto a las aportaciones, la nueva Ley establece un aumento del 12 hasta llegar al 15 por ciento sobre el salario sujeto de contribución en concepto de aportación patronal y del siete al ocho por ciento hasta llegar al 9.5 por ciento del salario sujeto de contribución en concepto de cotizaciones individuales.
La Ley aprobada es rechazada por la dirigencia magisterial que la califica como una 'ley vengativa contra el magisterio'. Ayer marcharon por las calles de la ciudad
Nuevo directorio
El asesor del Congreso, Ebal Díaz, explicó que con esta ley se crea una Asamblea de Participantes integrada por 16 miembros que representan al gobierno, los colegios magisteriales, las instituciones educativas.
Igualmente, una junta de directores especialistas, seleccionada por idoneidad profesional, a través de un concurso público y transparente. También una estructura de beneficios más justa, solidaria y equitativa para 70 mil maestros activos y 13,000 jubilados.
Díaz aseguró que se mantiene la solvencia institucional del Inprema, dando preferencia a aquellas inversiones que representan mejor beneficio socioeconómico a sus participantes. El Inprema será administrado a partir de esta ley por una junta de directores especialistas, seleccionada por idoneidad profesional, a través de un concurso público transparente que valora las capacidades profesionales.
Además, un eficiente, solidario y responsable de las reservas, que garantiza la solvencia institucional y mejorará la estructura de beneficios al incorporarse pensiones vitalicias a viudas y huérfanos de maestros fallecidos.
Se aprobó que la presidencia de la Asamblea de Participantes y Aportantes sea rotativa por un período de un año en forma alterna entre las cuatro representaciones que existen en esa asamblea, la que está compuesta por 16 miembros.
Integran la Asamblea seis representantes del Estado, 6 representantes de los colegios magisteriales, dos representantes de las entidades educativas no gubernamentales que aportan al Inprema y dos representantes de la Asociación de Maestros Jubilados.
Esta asamblea se reunirá cuatro veces al año y tendrá entre sus atribuciones: nombrar de la lista de candidatos preseleccionados, a los directores especialistas del Inprema y su respectivo presidente; nombrar al auditor interno; discutir, aprobar y publicar dentro del primer semestre de cada año, la memoria anual de labores del instituto, entre otras.
El directorio de especialistas será el órgano de ejecución del Inprema y estará integrado por tres miembros, a cargo de un director presidente, cada uno tendrá el carácter de funcionario público.
Los directores especialistas serán nombrados mediante un concurso público celebrado por una firma consultora. Dos candidatos serán propuestos por cada una de las entidades participantes en el Inprema.
+ Documento: Dictamen Ley Inprema