Honduras

¿Qué hacer en caso de que te nieguen la visa para Estados Unidos?

Durante el 2021, un total de 56,240 visas al país norteamericano fueron rechazadas, de acuerdo con los datos de la Oficina de Asuntos Consulares de Estados Unidos. A continuación te explicamos qué hacer en caso de que sea denegada la solicitud
05.07.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Estados Unidos se ha caracterizado por ser un país que aprueba la gran mayoría de solicitudes para visas de no inmigrante para ciudadanos extranjeros que desean visitar dicho país de manera temporal, sin embargo, existe la posibilidad de ser rechazada.

De acuerdo con los datos de la Oficina de Asuntos Consulares de Estados Unidos (CA, por sus siglas en inglés), de las 3,148,323 solicitudes realizadas para obtener una visa en 2021, 56,240 fueron rechazadas.

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Para la gran mayoría de las personas, el hecho de que la solicitud de visa sea denegada supone una gran desilusión, sin embargo, a continuación te contamos que hacer en caso de que esto suceda.

¿Por qué puede ser rechazada una solicitud de visa?

El gobierno de Estados Unidos establece que una solicitud de visa puede ser rechazadas por diferentes razones, ya que el funcionario consular no cuenta con toda la información necesaria para determinar la elegibilidad del solicitante.

En muchos casos, el solicitante no califica para la categoría de visa que ha solicitado porque es inelegible, de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).

¿Qué hacer en caso de que me denieguen la solicitud de visa?

Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), la principal razón para denegar una visa de no inmigrante es porque el solicitante “no estableció su derecho al estatus de no migrante”.

Esto quiere decir que el solicitante no demostró que cuenta con fuertes lazos en su país de origen, como un trabajo, un hogar y familia o amigos. Sin embargo, existen otras razones para que una solicitud de visa sea denegada.

En el caso de que la respuesta a la solicitud sea negativa, en la mayoría de los casos se le notifica al solicitante la sección de la ley que se aplica y se le informara al solicitante si puede solicitar una exención de inelegibilidad.

Por ejemplo, si la solicitud fue negada bajo la sección 221(g) -que significa que durante la entrevista el oficial consular no tuvo toda la información requerida para determinar la elegibilidad del solicitante para recibir una visa- el solicitante recibirá una carta con los pasos a seguir. En dado caso existen dos escenarios:

La solicitud estuvo incompleta y/o requiere documentación adicional: el solicitante recibirá una carta en la que se indica que su solicitud fue denegada según la sección 221 (g) y se enumerarán los documentos que deberá proporcionar.

Se requiere un proceso administrativo adicional: el solicitante recibirá una carta indicando que se requiere de un procesamiento administrativo adicional y las instrucciones a seguir una vez concluya el proceso administrativo. El tiempo del proceso varía según las circunstancias individuales de cada caso.

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La buena noticia que existe en el caso de que si tu solicitud de visa fue denegada bajo la sección 221 (g), podrás proporcionar la información adicional requerida dentro de un año para que tu solicitud sea procesada.

En caso de que no se proporcionada la información en el periodo de tiempo indicado, deberás de volver a solicitar una visa y pagar la tarifa correspondiente.

Si se rechazó en base a la secciones 214 (b) y 221 (g) es posible volver a solicitar una visa estadounidense en el futuro, sin embargo, tendrás que presentar una nueva solicitud y pagar nuevamente la tarifa.

Ya en el caso de que una solicitud haya sido denegada bajo la sección 212(a)(9)(B)(i), la cual pone sobre la mesa el caso en que el individuo haya permanecido en Estados Unidos después de la fecha de vencimiento del periodo de estadía autorizado o por ingresar al país ilegalmente, el solicitante no será elegible para una visa durante 3 o 10 años, según sea el caso, después de salir del país.

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