Honduras

No hay regulación para frenar cobros en dólares

Solo cuando una de las partes presenta la queja por el cobro del alquiler en dólares, la Dirección de Inquilinato puede intervenir en este tipo de contrato, dijo su directora.

24.03.2014

Los cobros de alquileres en dólares continarán sin que las autoridades puedan frenar estos abusos, porque este es un tipo de convenio en el que las dos partes están de acuerdo y no permite la intervensión de terceros.

Y es que tal como está contemplada la legislación, la Dirección Administrativa de Inquilinato (DAI), dependencia de la secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, poco puede hacer para ayudar a los arrendatarios.

De acuerdo a
la directora de la DAI, Mirna Canales,
la situación se debe a que si las dos partes llegan a un convenio y las dos aceptan el pago en dólares, 'nada se puede hacer'.

En ese sentido, comentó que 'solo cuando la parte interesada haga prevalecer sus derechos, haga prevalecer nuestra moneda' es que la DAI puede intervenir.

'Si la persona que alquila no está de acuerdo con pagar la renta en dólares
que venga a nuestras oficinas para hacer prevalecer el derecho, hacer prevalecer nuestra moneda nacional', recomendó la funcionaria.

La funcionario comentó que en estas circunstancias se solicita al arrendador que quede sin valor y efecto la cláusula.

Y es que con este tipo de contratos, el arrendatario es el único afectado, porque con el constante aumento de la tasa cambiaria cada mes paga más por el alquiler.

Canales resaltó que esta situación ocurre en la mayor parte de los arrendadores de bienes inmuebles de las colonias categoría A, como las Lomas del Guijarro y La Tepeyac, entre otras.

'Cuando el Congreso Naconal
emita el decreto donde diga que queda prohibido terminantemente fijar la renta en dólares, entoces vamos a tener cuerpo legal que diga esto no procede', aseguró la entrevistada.

El diputado Jorge Cálix presentó el proyecto de ley para que el servicio de televisión por cable, tarjetas de crédito, telefonía móvil, arrendamiento de edificios o vehículos, Internet, ente otros, se pague en lempiras, la moneda de curso legal en Honduras.

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