Tegucigalpa, Honduras.- Las elecciones generales de Honduras son el domingo 30 de noviembre y para garantizar un proceso transparente, seguro y ordenado, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Ley Electoral del país establecen una serie de reglas, obligaciones y prohibiciones que deben cumplir los ciudadanos durante la jornada.
A continuación, se presenta una guía clara sobre lo que sí se puede hacer y lo que no está permitido dentro y fuera de los centros de votación:
¿Qué deben hacer los ciudadanos el día de las elecciones generales?
- Verificar el centro de votación: es fundamental confirmar con anticipación en qué centro y mesa corresponde ejercer el sufragio. Puedes hacerlo dando clic en esta nota de EL HERALDO: Consulta aquí tu centro de votación.
- Llevar el documento de identificación: el DNI es indispensable para poder votar. Sin él, no se podrá participar en el proceso electoral.
- Votar de forma obligatoria: en Honduras, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos inscritos en el censo electoral.
- Ejercer un voto libre y secreto: el voto es personal. Nadie puede presionar, influir o solicitar que muestre su papeleta para comprobar por quién votó.
- Seguir las instrucciones de la JRV: los miembros de la Junta Receptora de Votos (JRV) orientarán sobre el proceso y el uso adecuado de las papeletas.
- Mantener la calma y el orden: se espera un comportamiento cívico y respetuoso tanto dentro como fuera de los centros de votación.
¿Cuáles son las prohibiciones en las elecciones Honduras 2025?
- Llegar al centro de votación en estado de ebriedad o bajo influencia de sustancias.
- Portar armas: no se permite el ingreso a los centros de votación con armas de ningún tipo.
- Permitir el escrutinio público: ningún miembro de la JRV podrán impedir que el escrutinio de votos se realice de manera pública, según el artículo 46 de la Ley Electoral.
- Impedir que otros voten: agredir, intimidar o usar fuerza para evitar que otra persona ejerza su derecho al sufragio.
- Obstruir a las autoridades electorales: interferir con las funciones de las JRV o del CNE está estrictamente prohibido.
- Hacer propaganda política dentro del centro de votación: los votantes no pueden portar, distintivos, banderas o camisetas que reflejen su afinidad partidaria.
- Incumplir la Ley Seca: de acuerdo al artículo 246, a partir de las 6:00 a.m. del día anterior hasta las 6:00 p.m. del día después de las elecciones, queda prohibida la venta y consumo de las bebidas alcohólicas. Infringir esta normativa conlleva una multa de cuatro hasta 10 salarios mínimos.
¿Quiénes están inhabilitados para votar?
La Ley Electoral establece que ciertas personas quedan automáticamente inhabilitadas para ejercer el sufragio.
Entre ellas se encuentran los miembros activos de las Fuerzas Armadas, el personal de instituciones de seguridad del Estado, como la Policía Nacional, así como las personas que cumplen condenas impuestas por el Poder Judicial.