Honduras

Congreso Nacional aprueba dos tercios de la nueva Ley Electoral

La campaña electoral comenzará 50 días antes de las primarias y 90 antes de las generales

04.11.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Por lo menos dos tercios del contenido de la nueva Ley Electoral ya fueron aprobados por el Congreso Nacional que el 3 de noviembre sumó 41 nuevos artículos dando vida a las campañas políticas, las encuestas y los sondeos de opinión.

El cuerpo jurídico de 333 enunciados, que regulará los próximos torneos cívicos, marcha a buen paso y todo parece indicar que en la segunda quincena de este mes será ley de la República.

Están pendientes, sin embargo, dos temas sensibles: la conformación de las Juntas Electorales Receptoras (JER) y el cálculo de la deuda política y el beneficio que de ella puedan tener los partidos minoritarios.

El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, pidió la suspensión de estos artículos para negociar con las fuerzas políticas emergentes cuya integración en las mesas la rechazan los partidos Libre y Liberal bajo el argumento de que solo llegan a vender las credenciales.

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Todos deben celebrar primarias

Según el artículo 209 aprobado, “las elecciones primarias se deben practicar por todos los partidos políticos obligatoriamente el mismo día”.

También se le dio vida jurídica a la simultaneidad de las internas (autoridades partidarias) que tienen que realizarse el mismo día que las primarias.

41

artículos de la Ley Electoral fueron aprobados ayer por el Congreso Nacional.

Campaña y propaganda

Los congresistas igualmente aprobaron el capítulo que regula la campaña y la propaganda electoral.

Este apartado de 22 artículos poco varía en relación con el contenido de la actual ley reiterando que la campaña para las elecciones primarias debe comenzar 50 días antes del día de los comicios y 90 días antes de las generales.

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El artículo 228 prohíbe la propaganda electoral anónima y advierte que “los propietarios, directores o gerentes de imprenta, medios de comunicación en general o empresas publicitarias son responsables por la impresión, transmisión o publicación de la propaganda anónima”

Ningún funcionario público podrá usar para su beneficio los medios de comunicación del Estado y tampoco debe “utilizar recursos financieros o bienes del Estado para hacer propaganda electoral”.