Cárcel de por vida, 48 horas de detención y allanamientos expres: las nuevas medidas contra criminales

Este cuarto paquete de reformas penales aprobado modifica un total de 18 disposiciones legales y adiciones normativas, aquí los detalles

  • Actualizado: 27 de octubre de 2026 a las 21:54
Cárcel de por vida, 48 horas de detención y allanamientos expres: las nuevas medidas contra criminales

Tegucigalpa, Honduras.- El Congreso Nacional aprobó el cuarto paquete de reformas orientado a robustecer el marco normativo de seguridad ciudadana, logrando un respaldo contundente de 118 votos a favor, pese a registrar 10 abstenciones.

Los diputados que manifestaron reservas sobre el alcance de las medidas procesales pertenecen al Partido Libertad y Refundación (Libre).

La iniciativa, impulsada tras los lineamientos del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), modifica disposiciones esenciales distribuidas en el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, además de incorporar directrices operativas para erradicar la simbología criminal en barrios y colonias.

Este cuarto paquete de reformas penales aprobado modifica un total de 18 disposiciones legales y adiciones normativas: contempla la reforma de 8 artículos del Código Penal; artículos 30, 81, 193, 195, 570, 579, 587 y 588; la modificación de 6 artículos del Código Procesal Penal; artículos 177, 184, 186, 191, 212 y 285; y la adición de 4 nuevos artículos a la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, artículos 21-A, 25-A, 63-A y 106-B.

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En relación con los cambios en el Código Penal, el decreto reforma el artículo 30 incorporando la presunción de legítima defensa cuando el ciudadano repele a un intruso que ingresa de manera violenta o clandestina a su vivienda, negocio, finca o vehículo bajo una amenaza inminente.

Asimismo, el artículo 81 suprime el beneficio de libertad condicional y preliberación para los condenados por delitos de asociación terrorista, quienes deberán cumplir la totalidad de su condena.

El artículo 193 establece la pena de prisión perpetua cuando la víctima de asesinato sea miembro de los cuerpos de seguridad o funcionario del sector justicia por razón de su cargo, mientras que el artículo 195 fija la base punitiva de 30 años de prisión para la tentativa o actos preparatorios de delitos castigados con la perpetuidad.

Por su parte, el artículo 570 endurece el delito de atentado imponiendo penas de ocho a diez años de prisión cuando el autor pertenezca a estructuras criminales o maras.

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El artículo 579 sanciona con cuatro a ocho años de uso no autorizado de aeronaves no tripuladas sobre centros penitenciarios y comiso de los aparatos, aumentando la pena si se destinan a beneficio de asociaciones terroristas.

El artículo 587 tipifica de manera integral la asociación terrorista reconociendo a las maras, pandillas y redes de narcotráfico como estructuras de consumación permanente, castigando a directivos y financistas con hasta prisión perpetua, a simples integrantes con hasta 40 años, y sancionando con igual pena a quienes elaboren grafitis de dominio territorial.

Finalmente, el artículo 588 sanciona la colaboración logística o tecnológica con penas de hasta 40 años si participan empleados públicos.

En el ámbito procesal, las reformas al Código Procesal Penal modifican el artículo 177 para facultar a los agentes de seguridad a realizar allanamientos sin orden judicial previa en operaciones interinstitucionales urgentes contra el terrorismo.

El artículo 184 prohíbe la aplicación de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva en delitos de asociación terrorista, narcotráfico y extorsión, ordenando que se cumplan en módulos de máxima seguridad conforme al artículo 191.

Adicionalmente, el artículo 186 excluye la revisión excepcional de medidas cautelares para estos reclusos, el artículo 212 respalda los registros de urgencia sin orden judicial, y el artículo 285 amplía a 48 horas el plazo de presentación del requerimiento fiscal por tratarse de investigaciones complejas.

La normativa complementa la Ley del Sistema Penitenciario Nacional mediante adiciones, destacando el artículo 21-A que crea la Fuerza Especial Penitenciaria para el control operacional y contención de motines en módulos de máxima seguridad.

El artículo 25-A instituye el control biométrico obligatorio para reclusos y abogados defensores, el artículo 63-A regula estrictamente el aseo personal, prohibiendo tatuajes y ordenando el uso de uniformes estandarizados, y el artículo 106-B faculta la neutralización de drones sobre los recintos.

"En esta lucha ya no hay retroceso, no hay vuelta atrás; desde el Congreso lo hemos manifestado entre los 128 diputados, porque este tema lo hemos aprobado de una manera unánime; no vamos a descansar hasta que Honduras recupere la paz", expresó Tomás Zambrano, presidente del Congreso Nacional.

El titular del parlamento detalló que las normativas aprobadas otorgan facultades claras a los operadores de justicia y al Instituto Penitenciario para neutralizar el accionar delictivo, despojando a los reclusos de beneficios procesales y asegurando el cumplimiento íntegro de las penas impuestas por los tribunales.

"A los acusados por terrorismo no van a gozar de beneficios ni de preliberación ni de libertad condicional ni de otro beneficio, lo que significa que van a cumplir el 100% de la pena", aseveró Zambrano.

Durante la discusión legislativa, las bancadas de oposición expresaron su postura crítica respecto a varios apartados de la normativa, señalando la necesidad de cautela en la aplicación de los tipos penales vinculados a expresiones visuales y exigiendo mayores mecanismos de depuración institucional.

"Queremos dejar constancia de la postura de la bancada y es estar de frente luchando contra el crimen y uno de los flagelos que tanto daña y lacera el tejido social son las maras y pandillas, pero nos preocupa el tema de los tatuajes porque hay artistas y compatriotas que usan imágenes que las maras se han adueñado", indicó Germán Altamirano, diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre).

El parlamentario opositor añadió que el combate a la criminalidad organizada debe extenderse de manera implacable hacia aquellos actores que colaboran o financian a las estructuras delictivas desde posiciones de poder político o económico.

"El marero o pandillero no deja de serlo cuando se pone saco o corbata, o cuando financia una campaña política; por eso proponemos que se incluya un agravamiento de las penas para los funcionarios y dirigentes políticos que financien, faciliten o protejan estas estructuras", afirmó Altamirano.

Por su parte, la jefatura de la bancada del Partido Liberal respaldó el contenido general del paquete de reformas, condicionando su voto favorable a la exigencia de resultados operativos eficientes por parte de las instituciones encargadas de aplicar la ley en el territorio nacional.

"El Partido Liberal ha manifestado siempre su anuencia a apoyar cualquier medida que vaya encaminada a brindarle seguridad al pueblo hondureño; pedimos a cambio una sola cosa, y aprovecho que están aquí los que van a ejecutar esta ley, pedimos resultados", manifestó Jorge Cálix, jefe de bancada del Partido Liberal.

El legislador liberal enfatizó que el esfuerzo legislativo carecerá de impacto si los operadores de justicia y el sistema penitenciario no garantizan que los centros penales operen bajo un régimen estricto que corte por completo la comunicación y el control de los cabecillas criminales hacia el exterior.

"De nada sirve que nosotros aprobemos aquí paquetes de reformas que en papel le hagan la vida de cuadritos a los terroristas, si la policía no investiga, si el Ministerio Público no presenta requerimiento fiscal y si la Corte Suprema de Justicia no condena", aseveró Cálix.

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Elvis Mendoza
Elvis Mendoza
Periodista

Licenciado en Periodismo egresado de la UNAH. Redactor en EL HERALDO desde 2016 en periodismo local, bajo la sección solidaria y de soluciones de Metro. Manejo de SEO, periodismo digital y de verificación con experiencia en televisión y como piloto de drone.

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