Reformas a Ley de Tarjetas de Crédito deben aplicarse desde el 5 de junio

Bajo el decreto 34-2025 están vigentes los cambios a esta normativa, por lo que de ahora en adelante el cobro de intereses será sobre el capital pendiente

  • 09 de junio de 2025 a las 14:25
Reformas a Ley de Tarjetas de Crédito deben aplicarse desde el 5 de junio

Tegucigalpa, Honduras.- Si su fecha de pago de la tarjeta de crédito fue el pasado 5 de junio o antes, los 12 emisores de estos instrumentos financieros en el país están en la obligación de aplicar las últimas reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito.

Se trata de los cambios a los artículos 36 y 44 de la normativa contenida en el decreto legislativo 106-2006 que fue promulgado en el diario oficial La Gaceta bajo el decreto 34-2025 de fecha antes mencionada, constató EL HERALDO.

Pero, ¿en qué consisten estas modificaciones y a quienes aplican?

De ahora en adelante el cobro de intereses será sobre el capital pendiente no sobre el capital a la fecha de corte como ocurría anteriormente.

En ese sentido, la economista Liliana Castillo, explicó a EL HERALDO que "si yo debía 20,000 lempiras y pague 19,000 lempiras solo me quedó un saldo de 1,000 lempiras y es sobre esa cantidad que me deberán aplicar intereses, no como sucedía que aunque pague casi la totalidad de los 20,000 lempiras me cobraban intereses por 20,000 lempiras".

"Cuando las personas hagan abonos se va a aplicar sobre los saldos más viejos y no considerar todo el monto total", aseguró.

El pasado 13 de mayo fueron aprobadas estas enmiendas por los diputados del Congreso Nacional, sin embargo, tuvieron que transcurrir 22 días para que estuvieran en vigor al publicarse en La Gaceta.

Nueva redacción

"Cuando el saldo total conformado por el saldo inicial adeudado más las compras, retiros y otros cargos detallados en el último estado de cuenta, sean totalmente cancelados entre la fecha de corte y la fecha de vencimiento de pago establecida en el mismo, no se deben generar intereses a cargo del tarjetahabiente", subraya la nueva redacción de la disposición de la Ley de Tarjetas de Crédito.

Añade que "todos los pagos realizados por el tarjetahabiente se aplicarán de manera prioritaria a aquellos cargos más antiguos, indistintamente al estado de cuenta que corresponda".

Los intereses deben de calcularse sobre el saldo de capital no cancelado, tomando como referencia la fecha de cada transacción no pagada hasta la fecha en que se cancele lo adeudado o la fecha de corte siguiente, lo que ocurra primero de lo antes descrito, plantea la reforma.

Se indica que "en cualquier caso el saldo de capital sobre el cual ya se haya pagado interés se debe considerar como un cargo nuevo en la fecha de corte, donde se calcularon y aplicaron los intereses respectivos".

Polémica y reglamento

Si bien el cambio a uno de los párrafos del artículo 44 generó señalamientos y polémica ya está vigente.

"Los establecimientos comerciales afiliados serán responsables de identificar al tarjetahabiente y de obtener la firma de este al momento que haga uso de una tarjeta de crédito", precisa el cuarto párrafo de la disposición.

Agrega que "asimismo, los establecimientos comerciales afiliados son responsables de realizar el proceso de cobro de las transacciones mediante tarjeta de crédito o débito siempre a la vista y en presencia del tarjetahabiente, pudiendo realizarse a través de POS (terminal de punto de venta) digitales o cualquier otro medio".

Mientras la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba) se pronunció que esta modificación en particular impedirá los pagos en línea con las conocidas como dinero plástico, desde el CN desmintió esta postura al tiempo que se anunció que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) establecerá las condiciones reglamentarias acerca de estas gestiones.

"En ese sentido, para brindar certidumbre a diversos sectores en su reglamentación quedará claro que dicha reforma aplica únicamente a transacciones presenciales, por lo que no afecta las operaciones de compras en línea realizadas a través de comercios electrónicos", enfatiza un comunicado emitido por la CNBS.

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Álvaro Mejía
Álvaro Mejía
Periodista

Licenciado en Periodismo, egresado de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) con amplia experiencia en análisis y cobertura noticiosa económica, política y Congreso Nacional. Redactor de la sección Dinero y Negocios (D&N).

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