Honduras

Acuerdo migratorio con EEUU: Honduras es país de asilo para extranjeros

EUA modificó su ley para que cualquier extranjero que circule por algún país con los que firmó el acuerdo migratorio, no sea elegible para darle asilo

27.09.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El gobierno de Estados Unidos modificó su ley de “Elegibilidad de asilo y modificaciones de procedimiento” para frenar la llegada de inmigrantes irregulares a su territorio.

Con la medida crearon “barreras para la elegibilidad de asilo”, según lo estipuló el documento EOIR Docket No. 19–0504; A.G. Orden No. 4488–2019, publicado en el Registro Federal de Estados Unidos, al que tuvo acceso EL HERALDO.

Estas barras son México, Guatemala, El Salvador y Honduras, con quienes para poner en marcha su plan firmaron acuerdos de cooperación de asilo.

Honduras lo firmó el miércoles bajo el nombre de “Acuerdo entre el gobierno de los Estados Unidos de América y la República de Honduras para la cooperación en el examen de las reclamaciones de protección”.

ADEMÁS: Acuerdo entre Honduras y EE UU contempla visas de trabajo e inversión

Hasta ahora, ni el gobierno de Honduras y ni el de Estados Unidos han hecho público el documento oficial con su contenido y solo se han brindado escuetas explicaciones de funcionarios que estuvieron en las negociaciones. Con estos convenios garantizan, según la modificación a la ley, que “cualquier extranjero que ingrese, intente ingresar o llegue a los Estados Unidos a través de la frontera terrestre sur, después de transitar por al menos un país fuera del suyo (con los que suscribió el convenio), no será elegible para asilo”.

Posibles escenarios

Esto abre una serie de escenarios para los extranjeros provenientes de Cuba, Nicaragua, Venezuela y de otras nacionalidades que pasen por Honduras.

La primera es que con la firma del convenio, Honduras no será más un país de tránsito para ellos, sino de protección.

Cooperación
Estados Unidos y Honduras firmaron el “Acuerdo entre el gobierno de los Estados Unidos de América y la República de Honduras para la cooperación en el examen de las reclamaciones de protección” esta semana en Nueva York.

La determinación funciona de tal forma que, a manera de ejemplo, si un cubano llega a Honduras con la intención de usarlo como “puente” para ir a pedir asilo a Estados Unidos, ya no podrá hacerlo, pues su argumento para pedir la protección en el país norteamericano es algún tipo de persecución que pone en peligro su vida, en Honduras ya no lo tendrá y podrá aplicar a un asilo. Ante esto, el cubano tendría la opción de aceptar el asilo que le brinde Honduras y quedarse en el país, que dicho sea de paso le garantizará su seguridad, estadía y alimentación, pero con fondos que asumiría Estados Unidos.

La persona también podría aceptar el asilo de Honduras, pero continuar con su travesía, solo que al llegar a Estados Unidos, con el intercambio de información y el fortalecimiento del registro biométrico, quedaría en evidencia que ya abrió un proceso en otro país; no sería retornado a Cuba, pero sí a Honduras, donde no es perseguido.

Por otra parte, si el cubano evita las autoridades hondureñas, continúa por Guatemala, pasa a México y luego llega a Estados Unidos y pide asilo, tampoco lo obtendrá porque pudo pedirlo en cualquiera de los tres países por los que circuló antes de llegar a suelo estadounidense. Al final será ese país quien absorberá sus gastos.

DE INTERÉS: Hacemos el trabajo sucio a la situación migratoria de EE UU

El ciudadano cubano durante su travesía a Estados Unidos podrá pedir asilo en cualquiera de los países y estos deberán analizar su caso antes de ofrecerle una respuesta. Como la mayoría de reglas, siempre hay una excepción y es que si al extranjero en mención le niegan el asilo en uno de los países que están bajo el acuerdo y por una u otra vía logra llegar a Estados Unidos, ahí sí podrá pedir su asilo y entrar en proceso directo con el país norteamericano.

Acuerdos

Guatemala y El Salvador ya firmaron sus acuerdos de cooperación de asilo, son exactamente iguales, por lo que existe una inmensa probabilidad de que Honduras adopte estas similitudes. Los convenios se llaman “Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y la República de (el país que corresponda) para la cooperación en el examen de las reclamaciones de protección”.

Tanto Guatemala como El Salvador lo firmaron con una vigencia de dos años con la posibilidad de una cancelación tres meses desde su aprobación o tres meses antes que concluya, sin mayor problema.

La cancelación también es posible si alguno de los países la considera, pero debe haber una negociación.

En uno de los artículos se estipula que en estos dos países (Guatemala y El Salvador), y quizá Honduras haya adoptado la misma medida, los extranjeros irregulares “tengan acceso a un sistema para determinar la protección (y el gobierno con el que se suscribió el acuerdo), no devolverá ni expulsará a los solicitantes de protección, a menos que la solicitud sea abandonada por el solicitante o sea rechazada formalmente a través de una decisión administrativa.

Un punto importante que señalan estos acuerdos con los países del Triángulo Norte es que “durante el proceso de transferencia, las personas sujetas a este Acuerdo serán responsabilidad de Estados Unidos hasta que se complete el proceso de transferencia”.

En el caso de Guatemala, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos publicó en su portal de internet que le dará 46 millones de dólares al vecino país para este proceso.

Aún no se conoce cuánto dinero dará Estados Unidos a El Salvador y a Honduras.

Otro aspecto importante que tienen los acuerdos es que los países que lo firmaron pasarán de recibir solamente sus retornados a también los de otras nacionalidades. Es decir que si un nicaragüense pidió asilo en Honduras, llegó a Estados Unidos y con el intercambio de información se demuestra que ya tiene un proceso en el país, va a ser retornado a Honduras.

Este intercambio de información, según lo estipulan los acuerdos de El Salvador y Guatemala, “deberá no ser revelada por la parte del país receptor, excepto de conformidad con sus leyes y regulaciones nacionales”.

LEA TAMBIÉN: Trump se deshace en halagos para Juan Orlando: 'Has hecho un trabajo fantástico'

Cabe mencionar que hay una excepcionalidad con los menores de edad no acompañados, quienes por su condición podrán obtener beneficios diferentes. En los dos convenios, y posiblemente en el de Honduras también, “Estados Unidos tiene la intención de cooperar para fortalecer capacidades institucionales”.

Tags: