Honduras

OEA sugiere dotar al Consejo Nacional Electoral de un fondo para las elecciones

Al nuevo organismo se le debe garantizar su independencia administrativa

24.07.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La más reciente propuesta de la nueva Ley Electoral elaborada por la Organización de Estados Americanos (OEA) no solo sugiere que se le dote de los recursos financieros necesarios al Consejo Nacional Electoral (CNE), sino también asignarle un fondo general de procesos electorales y consultas ciudadanas.

El artículo 190 del documento concedido al Congreso Nacional subraya que este nuevo órgano electoral debe tener un presupuesto ordinario, garantizando así su independencia administrativa, funcional y financiera.

Al mismo tiempo, establece que se le debe conceder un fondo para el fortalecimiento de la democracia. La deuda política, financiamiento para realización de actividades específicas y aportar los fondos de contraparte por convenios suscritos, añade la proposición cuando sea aplicable.

Ampliación de fondo

El fondo general de procesos electorales deberá ser ampliado en la cantidad requerida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) al ordenarse la realización de una consulta ciudadana de parte del Congreso Nacional, conforme a lo estipulado en el artículo 193 del informe de la OEA.

El pasado 11 de julio, delegados del organismo regional entregaron el informe final sobre las propuestas de reformas electorales en cuanto a la Ley Electoral al igual que la Ley
Procesal Electoral.

El documento consta de 220 páginas y se le dio copia a los jefes de la mayoría de las bancadas representadas en el CN, a excepción del partido Libertad y Refundación (Libre).

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Liquidación
“Una vez concluidos los procesos electorales y de consulta ciudadana, el Consejo Nacional Electoral hará la liquidación correspondiente de este fondo en un plazo de seis meses”, subraya el artículo 191 de la normativa presentada por la OEA.

Añade que “de existir algún sobrante, se depositará en la Tesorería General de la República en la cuenta creada al efecto”.

El CNE está en la obligación de detallar al Congreso el presupuesto plurianual requerido para la ejecución de las justas democráticas a desarrollarse dentro del quinquenio para el cual fueron electos los consejeros, destaca la disposición.

Apunta que las necesidades anuales que el organismo requiere para contar con la capacidad de ejecución permanente y lograr con la anticipación debida la adquisición de bienes y servicios para la organización y desarrollo de procesos electorales deberán de ser establecidas.

El mismo artículo puntualiza que la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización desarrollará su propuesta de presupuesto ordinario para que sea integrado al presupuesto del CNE.