A ver si conseguimos masticar este tema denso y regurgitarlo sencillo, disculpen la torpe metáfora. Y es que es interesante recordar que en su magna obra “El Contrato Social” Rousseau trata de cómo gobernados y gobierno suscriben un acuerdo mediante el cual aquellos le obedecen siempre que el segundo les sirva con nobleza, justicia y equidad. Pero en un notable ensayo, brillante como siempre, advierte Louis Althusser que Rousseau habla también del príncipe, persona (o grupo) que es como gran árbitro o dirimente y que se constituye, dentro del contrato entre entes sociales, tercer sujeto, con voz propia y, terriblemente, con capacidad de acción.
Así, cuando no hay consenso entre aquellas equilibradas partes el juicio del tercer hombre o príncipe provee solución y Althusser destaca con alarma que eso es insólito e irregular pues entre mandantes y mandados no puede existir tercería ya que el Soberano es el pueblo y el otro escasamente asignado al poder, no poderoso en sí. Peor cuando con visión política alienada las sociedades modernas permiten que el príncipe se autonomine soberano y controle los estamentos todos de gobierno (legislativo, judicial, ejecutivo), lo que es génesis de dictadura. Pues si, por accidente, surge un conflicto entre pueblo y príncipe, ¿quién mediará entre ellos?...
Una nota del libro de Rousseau señala: “Si queréis dar al Estado consistencia, aproximad los grados extremos todo lo posible, no toleréis ni gentes opulentas ni pordioseros. Estos dos estados, naturalmente inseparables, son igualmente funestos al bien común: del uno salen los causantes de la tiranía y del otro los tiranos”.
En la Constitución hondureña de 1982 ese protagonismo de tercería recae en las fuerzas armadas, a las que determina responsables (Cap. X, Art. 272, parágrafo 2) de: (1) defender integridad territorial y soberanía, (2) mantener paz y orden publico y, aquí lo sustancial (3), “el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad [alternancia] en el ejercicio de la Presidencia de la República”. O sea que dos son funciones cívicas materiales y la tercera política abstracta, lo que contradice al párrafo primero del mismo artículo, que la califica institución “de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante”. Chambones tus legisladores.
De allí que las argollas políticas manosearan a la fuerza armada desde 1963, usualmente comprándola y sobornándola para su conveniencia, orillándola a gestar golpes de Estado en que, cada vez más, aparece ante la población como agente detestable, nocivo, represor y antidemocrático, en vez de salvador de la nacionalidad, como sucedió en inicio, cuando el alzamiento “heroico” contra Julio Lozano en 1957.
Se la ha hecho marioneta y títere de intereses personales y grupales, ante cuya imagen se ha universalizado entre la sociedad la conciencia casi irreversible de que debe desaparecer, lo que acontecerá en cuanto formalicen los demócratas una Constituyente. O será destruida antes por los mismos que hoy la vician: en 1963 el ejército consideró a la Guardia Civil una amenaza, al existir doble cabeza represiva, como sucede ahora con Tigres y policías militares, de lo que se deduce y vaticina que en el cercano futuro habrá graves contradicciones entre esas tres fuerzas. Pues ¿para qué se está creando más unidades bélicas sino para oponerse y aplastar en el momento oportuno a las tradicionalmente armadas, si intentan garantir la Constitución…?
Pero el dilema no es que existan sino que se corrompan, ya que el orbe moderno ocupa a sus fuerzas armadas para defensa espacial y emergencias públicas. Argentina solucionó el asunto en meses pasados: eliminó de las funciones del estamento castrense la materia política y este ahora tiene nada que ver con los conflictos civiles, lo que vitaliza su permanencia, objetividad y profesionalidad. Y lo que asegura, adicionalmente, que al transformarse y modernizarse no perezca. Los problemas más hondos son resueltos, por veces, con respuestas sencillas.