Honduras

En vigor la inconstitucionalidad del Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras

El Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH) fue creado en septiembre de 2019, durante el segundo mandato del expresidente Juan Orlando Hernández. En el último año (2022) se ejecutaron L 1,431,989
13.03.2023

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Después de ocho meses de haberse emitido la sentencia por parte de la Sala de lo Constitucional del Poder Judicial, en la que declaró a lugar la inconstitucionalidad del decreto ejecutivo PCM 052-2019, que dio vida al polémico y cuestionado Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH), ésta cobró vigor.

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El recurso de inconstitucionalidad interpuesto vía acción y por razón de contenido contra ese decreto ejecutivo, fue introducido por la Central Nacional de Trabajadores del Campo (CNTC) y el Consejo para el Desarrollo Integral de la Mujer Campesina (Codimca) el 13 de noviembre de 2019.

El 5 de febrero del año siguiente, o sea, de 2020, el alto tribunal en materia constitucional dictó providencia para admitir dicha apelación de inconstitucionalidad.

Pero tuvieron que pasar más de dos años para que la anterior Sala de lo Constitucional se pronunciara y fallara para que el PCM 052-2019 quedara sin ningún valor y efecto.

El criticado precepto fue emitido en Consejo de Ministros por el expresidente de la República, Juan Orlando Hernández Alvarado, en su segundo mandato al frente del Ejecutivo.

En el mismo se le asignaron múltiples facultades a las Fuerzas Armadas de Honduras, en las que podían estructurar, ejecutar y administrar un Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH), adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Defensa Nacional (Sedena).

Consistió en la creación de una Dirección de Desarrollo Agrícola (C10) en la Jefatura del Estado Mayor Conjunto, a la que de forma inverosímil se le asignó un presupuesto que podría alcanzar la suma de cuatro mil millones de lempiras. La CNTC y el Codimca centraron sus motivaciones para pedir se declarase inconstitucional el Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras, manifestando que evidentemente era contrario al ordenamiento legal vigente y a la Constitución misma; ya que el proyecto no cumplía una finalidad razonable y admisible.

Según las partes recurrentes, el PCM 052-2019 vulneraba al artículo 274, párrafo primero de la Constitución de la República, en el que se evidenciaba una usurpación inconstitucional de funciones por parte de las Fuerzas Armadas de Honduras.

Hasta cuatro mil millones de lempiras pudieron ser asignados a las Fuerzas Armadas para el manejo del polémico PDAH.

¿En qué se invirtió?

Con la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, el PCM 052-2019 quedó vigente el 18 de octubre de 2019.De ahí en adelante las Fuerzas Armadas de Honduras podían disponer de cuatro mil millones de lempiras; para esto debía de crearse una estructura organizativa, legal y presupuestaria.

Asimismo, esta estructura que manejó esos fondos debía de someterse a una rendición de cuentas, evaluación de gestión por resultados y al cumplimiento de un plan operativo anual de cada ejercicio fiscal.

Se dio luz verde para que la Secretaría de Finanzas (Sefin) y dos de los fideicomisos realizaran la acreditación del dinero a la Sedena y así comenzar con la ejecución del PDAH.

De acuerdo con la información colgada en el portal de la Sefin, en 2019 le fueron transferidos 12,591,917 lempiras y se ejecutaron 9,295,626 lempiras.

En 2020 la transferencia ascendió a los L 49,244,532 millones y de estos fueron ejecutados 42,946,075 lempiras.Para el siguiente año, el PDAH recibió 15,272,568 lempiras y solo ejecutó 10,963,285 lempiras.

El último año, en 2022, la cifra preliminar a la que EL HERALDO tuvo acceso como transferencia, fue de 1,428,651 lempiras y el PDAH ejecutó 1,431,989 lempiras.

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Las Fuerzas Armadas invirtió ese dinero en insumos para cultivo de papa (4%), granos básicos (8%), ganado para doble propósito (8%), en gallinas ponedoras (9%), compra de cerdos para engorde (8%), cultivo de cardamomo (1%), camarones (2%) y en producción y comercialización de miel (1%).De igual manera, en la construcción de una bodega, macrotúneles y otros insumos (3%), y en la construcción de pozos y sistemas de riego (57%).

Inconstitucionalidad

La inconstitucionalidad vía acción, por razón de forma, del decreto PCM 052-2019 cobró vigencia el pasado 17 de enero de 2013 al ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

El fallo mandó a que la sentencia tiene efecto ex nunc, es decir, a partir de la fecha que adquirió firmeza y manda a que los recurrentes o demandantes sean notificados personalmente o de oficio.

Además, que con la certificación de la sentencia se devuelvan los antecedentes al lugar de su procedencia para los efectos legales correspondientes. Dicho esto, el decreto ejecutivo que le dio vida al PDAH ha sido declarado inconstitucional.