La Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (Fenagh) y el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) se pronunciarán este lunes sobre las anunciadas reformas a la Ley de Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola.
Se da como un hecho que estas dos organizaciones rechazarán la medida que pretende aprobar el Congreso Nacional, en un intento por sofocar movimientos de tomas de tierras por parte de los campesinos que son utilizados como bandera de lucha por dirigentes de la izquierda radical.
Aunque las invasiones han tenido un matiz político, el Congreso se apresta a aprobar una reforma que puede traer serias repercusiones en la inversión, porque se afecta la propiedad privada. Dirigentes del Cohep y de la Fenagh no quisieron pronunciarse la semana pasada sobre este controvertido proyecto y anunciaron que hoy emitirán una posición oficial.
Una comisión especial del Congreso, dirigida por el diputado Orle Solís, estudia la expropiación de tierras ociosas y la legalización de los predios que están en poder de los campesinos para reducir la mora agraria.
Con este decreto, que según organizaciones vinculadas a la Fenagh atenta contra la propiedad privada, el Congreso pretende legalizar las tomas de tierras que datan desde hace 40 años y cuyo proceso de expropiación fue paralizado luego de que la Corte Suprema de Justicia aceptó, el 14 de diciembre de 2010, un recurso de inconstitucionalidad presentado por los terratenientes. Hasta el momento de la inconstitucionalidad, el Instituto Nacional Agrario (INA) ya había legalizado más de 30 mil hectáreas de las 60 mil que ocupan los grupos campesinos que forman parte de más de 500 expedientes engavetados en el Instituto Nacional Agrario (INA).
Una de las organizaciones de la Fenagh mandó a los medios un documento en el que rechaza la pretendida reforma del Congreso Nacional porque no resuelve el viejo problema agrario del país.
“Es oportuno dejar claro que tal como se encuentra redactado dicho anteproyecto de ley, no resuelve en forma sostenible e integral la problemática que el mismo pretende abarcar, ya que carece de componentes que son vitales para que el campesino haga producir la tierra, como planes de inversión con sus respectivas fuentes y condiciones adecuadas de financiamiento y asistencia técnica”, dice.
El proyecto en manos de la Comisión Especial del Congreso pretende reformar el artículo 51 de la Ley de Modernización y Desarrollo del Sector
Agrícola que deberá leerse así: “Para los propósitos de afectación mediante expropiación con fines de reforma agraria, de aquellos predios rurales de vocación agrícola o ganadera de dominio privado, se considera que no cumplen con la función social en cualesquiera de los casos siguientes:
“Cuando excedan las áreas establecidas en el artículo 25 de la Ley de Reforma Agraria. Cuando las tierras se encuentren ociosas o incultas, salvo aquellos casos que por razones no imputables a los propietarios o poseedores, como ser razones de falta de financiamiento, sequía, inundaciones u otras razones de fuerza mayor, lo que se calificará por dictamen de la Comisión Agraria Nacional”.
“Las áreas forestales”, añade, “en ningún caso se considerarán como tierras incultas u ociosas y, por lo tanto, no serán objeto de afectación.
Tampoco serán objeto de afectación aquellos predios en los que funcionen bajo modalidades de coinversión, participación u otras, proyectos que por Acuerdo Ejecutivo en
Consejo de Ministros sean aprobados para el desarrollo de proyectos de naturaleza agrícola,comercial o industrial; asimismo, las tierras de empresas asociativas campesinas, cooperativas y otras modalidades societarias del sector reformado reconocidas por la ley”.
También será causal de afectación aquellos casos en que “la fragmentación de los predios haya dado origen al minifundio y, con éste, al uso inadecuado o destrucción de los recursos naturales o a un bajo rendimiento de los factores de la producción”.
“Serán igualmente afectables las tierras ocupadas por campesinos organizados o no, que no acrediten ante el INA años de ocupación, se incluye en la afectación aldeas, trabajadores que no se deriven de una relación contractual”.
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