Tegucigalpa, Honduras.- El rechazo al decreto legislativo 58-2025, aprobado por la totalidad de la bancada de diputados del Partido Libertad y Refundación (Libre) -propietarios y suplentes-, ha sido rotundo; desde el día de su publicación en el diario oficial La Gaceta, a la fecha, ya se han interpuesto seis recursos en su contra.
Diversos sectores, en su mayoría, ligados a la oposición política de Libre, fueron quienes se apersonaron ante la Secretaría de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), y en compañía de sus apoderados legales, presentaron entre el sábado 10 de enero y hoy martes 13 de enero, cuatro recursos de inconstitucionalidad y dos acciones de amparo.
Los últimos en realizar estas acciones legales, fue un grupo de diputados del Partido Nacional (PN), del Partido Liberal (PL) y del Partido Salvador de Honduras (PSH), encabezados por el abogado Jaime Rodríguez, miembro de la Comisión Jurídica del Partido Nacional, quienes presentaron un nuevo recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 58-2025.
Tania Pinto, diputada electa por el PN, expresó: "Estamos dejando nuestros intereses partidarios y defendiendo el Estado de derecho y el respeto a la Constitución de la República. El decreto 58-2025, desde todo punto de vista, es un irrespeto y una violación a la Constitución de la República y la Ley Electoral de Honduras".
Por otra parte, Luz Ernestina Mejía, diputada electa por el PL, apuntó que "hemos venido diputados liberales y nacionalistas, a defender una vez más a nuestra patria, mediante la presentación de este recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 58-2025, que el diputado y presidente de facto del Congreso Nacional, Luis Redondo, emitió junto a un grupo de diputados".
Mejía adujo que el polémico precepto aprobado por la bancada de Libre, no tiene ninguna validez, por la manera, la forma y el contenido que fue redactado; pero que aun así, se agotó todas las instancias legales y jurídicas para que este mandato no sea acatado por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Fueron diez diputados en total, los que firmaron el recurso como recurrentes de la garantía de constitucionalidad que fue presentado en la Secretaría de la Sala Constitucional.
Requisitos de legalidad
Minutos más tarde, la exfiscal del Ministerio Público (MP), ahora litigante independiente, Nilia Ramos, se sumó a la lista de profesionales del derecho que han interpuesto hasta hoy, acciones legales contra el controvertido decreto que ordena la repetición del escrutinio de votos de los tres niveles, del último proceso electoral.
"He tenido a bien presentar ante la Sala Constitucional, un recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 58-2025, del 9 de enero de este año (2026); es un decreto espurio, que no reúne requisitos de legalidad y de legitimidad", expuso la abogada Ramos.
La exfiscal en materia de Crimen Organizado, sustentó la interposición de este recurso, en que "el artículo 51 Constitucional establece que los temas electorales y otras reformas electorales, se van a tomar (votar) con base a las dos terceras partes del (pleno) de diputados, es decir, la mayoría calificada (65 votos), y esto no pasó".
Según la recurrente Nilia Ramos, lo que Libre busca con la vigencia del decreto 58-2025, es que "el Consejo Nacional Electoral vuelva a contar las 19 mil y fracción de actas, como para perder tiempo, con el propósito de quedarse dos años más (en el poder)".
Amparo e inconstitucionalidad
El lunes 12 de enero, la plataforma ciudadana denominada "Defensores de Honduras", interpuso una acción de amparo, con el objetivo de que se inaplique el decreto legislativo 58-2025, en el que se anula la declaratoria de las elecciones y manda a que se ejecute de nuevo el escrutinio de los votos.
"En conclusión, queremos dar a entender y a verificar que sea la Sala de lo Constitucional, la que le ordene tanto a Luis Redondo, como al grupo de diputados, que quede sin ningún valor y efecto el decreto que intenta anular las elecciones y que intenta impedir el proceso de alternabilidad de las nuevas autoridades elegidas por el pueblo", explicó la abogada Ruth Lafosse.
Ese mismo día, dos litigantes más: Fernando González y Leonel Núñez, presentaron ante la misma judicatura del Poder Judicial, un recurso de inconstitucionalidad por la vía de acción en forma total y por razón de contenido.
González argumentó que tomaron la decisión, a raíz de que "hemos visto que hay garantías que han sido violadas: entre ellas el artículo 51 de la Constitución de la República, donde la Carta Magna hace saber la independencia y la autonomía que tiene el Consejo Nacional Electoral y en su defecto, el Tribunal de Justicia Electoral, y que no tienen subordinación a ningún poder del Estado".
El sábado 10 de enero, profesional del derecho, Hermes Ramírez, en representación del Partido Nacional y por ende del presidente electo, Nasry "Tito" Asfura, presentó una acción de amparo, con el objetivo de que se respete la decisión adoptada por el CNE, al dar la declaratoria de las elecciones generales.
Este amparo fue incoado, solicitando la suspensión del acto reclamado, en este caso, las actuaciones del diputado Luis Redondo y los demás diputados que participaron en la sesión del Congreso Nacional, celebrada entre la noche del 8 de enero y la madrugada del 9 de enero.
Ramírez también presentó ante la Sala Constitucional, el domingo 11 de enero, el primero de los recursos de inconstitucionalidad contra el decreto 58-2025. El fin de esa acción legal es evidenciar, a su criterio jurídico, el conflicto de competencias que tiene el Congreso Nacional con relación a la función del Consejo Nacional Electoral, y además, para que se respete la declaratoria de las elecciones generales.
Sobre varios de estos recursos, la Sala Constitucional ya le asignó número de expediente, para iniciar a darles el respectivo proceso administrativo a estas acciones legales.