Honduras

Ley de Injupemp impone techo a cotización de empleados públicos

11.06.2017

Tegucigalpa, Honduras
La nueva Ley del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (Injupemp) impone un techo en las cotizaciones de los trabajadores públicos del país.

Esa regulación establece un límite para definir el monto de la pensión de jubilación que obtendrán los funcionarios y trabajadores cuando se retiren, según el salario que devenguen. Para definir el techo, primero se obtuvo el salario de referencia que es el promedio de los salarios de todos los participantes activos del Injupemp.

La institución cuenta con 45,000 afiliados y tiene 15,000 jubilados y pensionados. Al hacer los cálculos actuariales se llegó a la conclusión de que el salario promedio de referencia es de 20,000 lempiras. Una vez definido el salario de referencia se procedió a fijar el techo en base al Salario Sujeto de Contribución (SSC).

“El SSC es la remuneración mensual nominal que devengue el participante, que sirve de base para el cálculo de la aportación patronal y cotización individual...”.

“El SSC no podrá ser superior a cuatro veces el salario de referencia (20,000 lempiras)”, señala el numeral 24 del artículo número dos de la ley. Lo anterior significa que el techo impuesto por el Injupemp para las aportaciones es de 80,331 lempiras.

Por ejemplo, si un funcionario gana un salario de 100 mil lempiras o más, solo se le tomará en cuenta una cotización en base a los 80 mil lempiras, los 20,000 lempiras excedentes no se le tomarán en cuenta. La ley anterior no establecía un límite y los empleados podían cotizar con cualquier monto de salario, por elevado que fuera.

También la jubilación de la persona se calculaba en base al promedio del salario de los tres últimos años, por lo que las pensiones salían elevadas.

Algunos funcionarios hacían arreglos para que en los últimos años, antes de jubilarse, se les incrementara el sueldo y así retirarse con una pensión jugosa. “Al techar el valor sobre el cual puede cotizar estableciendo un máximo, que en este momento es de 80,331 lempiras, cualquier cotización adicional la ley dice que es considerada cotización indebida”, declaró a EL HERALDO, Martha Doblado, directora del Injupemp.

Agregó que ese techo cambiará todos los años ya que las aportaciones van incrementando gradualmente.

Con la nueva ley se calcula en base al promedio de los últimos 10 años que devengue el funcionario o empleado.

Doblado manifestó que con la legislación se busca reducir la inequidad que se presentaba en los montos de las pensiones de jubilación que se otorgaban.

Incremento

La nueva ley contempla un incremento gradual en las aportaciones en los próximos cinco años de 0.5% respecto al salario que gana cada trabajador. A pesar de que la nueva Ley de Injupemp entró en vigencia el 13 de mayo de 2014, el incremento se comenzó a aplicar a partir de enero de este año.

Para 2021 el valor de la cotización habrá subido un 2.5% y el porcentaje del sueldo que se le deducirá a los empleados será de 9.5%.

Con la ley anterior solo se calculaba la aportación en base al 7% del salario.

Actualmente, a cada empleado se le deduce el 7.5%, es decir, si un trabajador gana 8,000 lempiras se le deducen 600 lempiras mensuales para el Injupemp.

Doble plaza

Un total de 276 empleados que tienen más de una plaza y que cotizan con el Injupemp ahora pagan más por su doble aportación.

“Cuando un participante desempeñe dos o más cargos en una o varias instituciones incorporadas al instituto, los patronos y participantes activos, deben aportar y cotizar respectivamente, por el total de los salarios asignados en las planillas de pago respectivas”, señala el artículo 34 de dicha ley.

Las personas que pueden tener dos trabajos en el gobierno son los médicos y las enfermeras, por la labor que realizan.

Por ejemplo, a un médico especialista que trabaje en la mañana en el Hospital Escuela Universitario ganando 60,000 lempiras y por la tarde labore en el Hospital San Felipe devengando 60,000 lempiras, ahora se le calcula el 7.5% por cada plaza.

Es decir, que el galeno pagará 9,000 lempiras de cotización por su salario consolidado (120,000 lempiras) o sea 4,500 lempiras por cada plaza. Sin embargo, su cotización para jubilarse solo se le calculará en base a 80 mil lempiras, por lo que los 40,000 lempiras excedentes no aplican.

Doblado manifestó que los empleados con doble plaza tienen un gran beneficio debido al valor consolidado de sus sueldos su pensión será más alta. Sin embargo, para el gremio médico y de enfermeras cotizar por el valor total de sus dos plazas les genera un alto impacto económico y se ven afectados.

El Colegio Médico rechaza disposiciones de Injupemp

“Con esos cálculos que se hacen por el Injupemp, a pesar de que se aporta por las dos plazas, se le está dando un monto muy por debajo de lo que se ha dado como aportación”.

Así lo expresó la presidenta del Colegio Médico de Honduras (CMH), Suyapa Figueroa, quien aseguró que se ven afectados por el impacto económico que generan las aportaciones.

Afirmó que los abogados del CMH están haciendo un análisis para identificar que las aportaciones se vean reflejadas en la pensión que cada galeno reciba al jubilarse. “El Estado está pretendiendo bajarle las pensiones a todo el mundo porque el gobierno está trabajando para los entes privados que se van a dedicar también a las pensiones”, señaló Figueroa.

A su vez denunció que se les están violentando sus derechos laborales por lo que van acudir ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para interponer las denuncias.

“Vamos a interponer las denuncias a nivel internacional por violación a los derechos de los trabajadores ante la OIT, porque el trabajador debería obtener el beneficio por el que aportó”, dijo.

A su vez cuestionó que no es justo para una persona que esté aportando desde hace 20 años y ahora que cambien las reglas. “Es una violación que los trabajadores no podemos permitir”, afirmó.