El magistrado del Tribunal Electoral, David Matamoros, recordó a las empresas y medios de comunicación que está prohibido realizar encuestas de opinión electoral.
La ley, en su artículo 145, establece que “no se podrán publicar o divulgar los resultados totales o parciales de las encuestas y sondeos de opinión dentro de los treinta (30) días calendario antes de las elecciones primarias y generales”.
En caso de incumplimiento se sancionará al infractor o infractores con una multa de doscientos (200) a mil (1,000) salarios mínimos.