Tegucigalpa, Honduras.-La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Ana Paola Hall, fue categórica al recordar que durante el proceso electoral las Fuerzas Armadas (FF AA) están bajo subordinación funcional del ente electoral tal como lo establece el artículo 272 de la Constitución de la República.
En un oficio dirigido a los consejeros Cossette López y Marlon Ochoa, Hall reiteró que esta disposición no es facultativa ni discrecional del Poder Ejecutivo, sino una obligación constitucional de cumplimiento ineludible.
“Durante el periodo electoral, las Fuerzas Armadas obedecen únicamente las instrucciones del CNE en todo lo relativo al proceso electoral”, subraya el documento.
El oficio responde a la posición verbal expresada por el jefe del Estado Mayor Conjunto, Roosevelt Hernández, en una reciente reunión de trabajo, donde se habría interpretado de manera errónea el alcance de la subordinación militar durante los comicios.
Hall recordó que la Constitución es clara al establecer que “el Presidente de la República pondrá a las Fuerzas Armadas a disposición del Consejo Nacional Electoral desde un mes antes de las elecciones hasta la declaratoria de las mismas”.
Esa orden enfatizó, implica que el mando funcional en materia electoral corresponde exclusivamente al CNE, mientras que el mando político-militar general permanece en la Presidencia, sin que esta pueda interferir en decisiones técnicas o logísticas del proceso.
“Cualquier interferencia o desobediencia de autoridad distinta al CNE en las tareas electorales constituiría una violación a su autonomía, independencia y facultades constitucionales, y una transgresión al principio de neutralidad militar”, advierte el documento.
Durante el periodo electoral, las Fuerzas Armadas deben ejecutar las instrucciones del CNE en seguridad, transporte, custodia y vigilancia del material electoral, así como en la protección de los centros de votación y el resguardo del proceso en su conjunto.
El oficio fue remitido como un primer insumo para discusión en sesión de pleno, donde se espera que el tema sea abordado con mayor profundidad institucional.
¿Acceso al escrutinio?
En los últimos días, las Fuerzas Armadas se han colocado en el centro de la controversia luego de que el jefe del Estado Mayor Conjunto solicitara verbalmente tener acceso al escrutinio del nivel presidencial durante el día de las elecciones.
La petición ha generado una ola de cuestionamientos públicos, tanto en círculos políticos como académicos, por considerarse una intromisión en el proceso electoral, que por mandato constitucional corresponde de forma exclusiva al CNE.
Diversos sectores de la sociedad civil, juristas y expertos en derecho constitucional han rechazado la solicitud militar, al señalar que viola los principios de independencia y subordinación funcional establecidos en el artículo 272 de la Constitución de la República.
Este artículo establece que las Fuerzas Armadas son apolíticas, obedientes y no deliberantes, y que deben estar bajo las órdenes del CNE en todo lo relacionado con el desarrollo del proceso electoral desde un mes antes de los comicios hasta la declaratoria oficial de resultados.
Los especialistas advierten que permitir la presencia o intervención del estamento militar en el escrutinio presidencial abriría un grave precedente institucional, pues alteraría el equilibrio de poderes y vulneraría la autonomía del órgano electoral.
Además, remarcan que el papel de las Fuerzas Armadas durante las elecciones debe limitarse estrictamente a garantizar la seguridad, la custodia del material electoral y la protección del orden público, sin participar en las fases técnicas o administrativas del conteo de votos.