Tildan petición de Roosevelt Hernández de una distracción o jugada política

Analistas y abogados consideran que la petición de Roosevelt Hernández carece de sustento legal. Afirman que su labor como jefe de las Fuerzas Armadas es obediente y no deliberante

  • 27 de octubre de 2025 a las 16:21
Tildan petición de Roosevelt Hernández de una distracción o jugada política

Tegucigalpa, Honduras.- La petición del jefe de las Fuerzas Armadas (FFAA), Roosevelt Hernández, de tener acceso a las actas de la elección presidencial del próximo 30 de noviembre es vista por diversos sectores de la sociedad, incluso militares activos y en condición de retiro, como un “furibundo militante de Libre” que responde a las ambiciones políticas del expresidente Manuel Zelaya Rosales.

Una fuente militar a lo interno del Estado Mayor Conjunto, bajo condición de anonimato, sostuvo que en los últimos meses Hernández se ha reunido con Luis Redondo para recibir instrucciones. "Nada de lo que él (Hernández) hace es su iniciativa, a él dan línea, le dan un guion proveniente de la coordinación de Libre (Libertad y Refundación)”, explicó.

Una segunda fuente militar recordó que el primer jefe del Estado Mayor Conjunto en este gobierno fue un naval, el vicealmirante José Jorge Fortin, quien al dejar el cargo lo nombraron como miembro de la Comisión Permanente de Contingencias (Copeco), y Hernández por su forma de expresarse políticamente se ve comprometido. “Él sabe que si gana Libre fijo es ministro de Defensa; eso anda buscando”, proyectó.

Por su parte, el exjefe de las Fuerzas Armadas, Romeo Vásquez Velásquez, a través de un video publicado en la red X, le pidió a Hernández no llevarse de encuentro a la institución militar, al “querer complacer al régimen del familión, pidiendo las actas presidenciales, porque usted sabe que es ilegal y todos lo saben”.

Entre tanto, el abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos consideró que lo planteado el jefe castrense “es algo que lo mandaron a hacer. Definitivamente este hombre es un peón de 'Mel' Zelaya. Esas son ideas de 'Mel'. Yo me resisto a creer que este hombre tenga los alcances para poder hacer una petición de esa naturaleza y decir con tal desfachatez que es una situación que le ordena la Constitución”.

El abogado constitucionalista, Juan Carlos Barrientos, consideró la petición de Roosevelt Hernández como injerencia de las Fuerzas Armadas en el proceso electoral.

Según él, la Constitución en ningún momento le da la facultad a los militares de contar votos. La Constitución dice que las Fuerzas Armadas en el plano electoral van a estar disponibles para el traslado y custodia del material electoral, es decir, lo van a llevar y traer bajo vigilancia y cuidado de los soldados.

El experto afirmó que su función no es dejar tiradas las maletas electorales, sino que las tienen que entregar a los consejos municipales, vigilar su traslado a las mesas y su retorno al almacén central que disponga el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Ellos tienen que poner todos los vehículos, camiones militares que tienen a disposición del CNE para llevar el material y si rebasa la capacidad, el Estado está en la obligación de poner a disposición los carros de todos los ministerios.

Afirmó que, además, tienen que velar por el orden y por la seguridad del proceso. "Ayudar a la Policía para que no haya relajo, que no haya gente que quiera impedir que otros vayan a votar, que se lleven las urnas".

También deben velar porque haya alternabilidad en el ejercicio de la presidencia, es decir, que no haya reelección, como ocurrió cuando Juan Orlando Hernández, porque “ahí debieron haber impedido que este hombre se presentara como candidato porque violaba el principio de la alternabilidad”.

Esas son las únicas funciones que tiene las Fuerzas Armadas, entonces "en ningún momento la Constitución habla de que el órgano electoral les tiene que dar a ellos copia de las actas. Eso es una injerencia, intervención en la autonomía del órgano electoral”, explicó el constitucionalista.

Barrientos recordó que, en la historia de Honduras, “jamás un jefe de las Fuerzas Armadas había pedido copia de las actas de los resultados electorales. Este hombre es descarado. Lo peor es que insiste porque ahora dice que lo va a presentar por escrito. Tanta insistencia es sospechosa”.

Para él, esto es una forma de depresión una forma de causar pánico electoral usando como estrategia el miedo, principalmente a los partidos de oposición. Desde hace meses Libre vienen orquestando una estrategia contemplando, que si pierden las elecciones, tendrán argumentos para decir que las elecciones estuvieron viciadas, que fueron fraudulentas.

Luego va a salir Roosevelt diciendo: “yo pedí que me dieran las actas para certificarlas y para darle seguridad al proceso, pero no me las quisieron dar esa elección es fraudulenta, nosotros no la avalamos y por ahí comienzan queriendo montar la constituyente”. Muchos sectores sociales lo han entendido bien y han declarado que la petición de Hernández es una injerencia de las Fuerzas Armadas en el proceso electoral, valoró Barrientos.

Recalcó que le preguntaron de la constituyente y prácticamente Hernández dijo que estaba de acuerdo. “Entonces, este hombre, gracias a Dios, tengo entendido que en diciembre vaca. Yo siento que el tipo es furibundo militante de Libre. Es que no puede disimular”, dijo.

Para Barrientos, este tipo de petición es peligrosa para el proceso electoral, porque denota injerencia en la función de un órgano que ya la Constitución señala que es autónomo y que es independiente. Y las injerencias, “son nefastas” porque pretenden manipular de alguna manera el proceso electoral y generan inseguridad al proceso.

De igual forma, el abogado y analista Lester Ramírez afirmó que la petición del militar no responde a su propio criterio sino que “lo mandaron”.

Eso es algo que “ya viene preparado. Porque si usted se fija las reacciones que se han dado no han sido de Libre, sino de grupos de oposición, periodistas, sociedad civil; Libre no opina y ahí se puede ver que no fue un acto unilateral, eso ya fue algo hablado entre un grupo”, analizó Ramírez.

Otro indicador es cuando el militar habla de la constituyente, ahí más bien el Ministerio Público debería intervenir con su Fiscalía de la Defensa de la Constitución. Lo que uno puede interpretar es que se está generando una crisis electoral que se va a trasladar a una crisis política y que la única manera de resolverla va a ser a través de una constituyente, advirtió.

Históricamente los militares han cumplido con su deber constitucional de trasladar y recoger el material electoral, pero ahora quieren contar votos.

Recomendaciones

Tras la crisis política de 2009 —el entonces presidente Manuel Zelaya Rosales, el mismo que actualmente coordina al partido Libertad y Refundación, fue derrocado por proponer una Constituyente— la Comisión de la Verdad emitió una serie de recomendaciones para que los hechos no se repitieran.

"Recomendamos que en la Constitución de la república revisar la función de las Fuerzas Armadas, incluyendo la supresión de cualquier misión de carácter político para las mismas, así como establecer claramente la prohibición de utilizarse para funciones policiales, a no ser en caso de estado de excepción, de conformidad con las prescripciones que al efecto establece el sistema interamericano de protección de derechos humanos y bajo un control judicial independiente”, dice una de las sugerencias planteadas por la Comisión de la Verdad.

Asimismo, dijo que el sistema político-electoral hondureño necesitaba "dar un salto de calidad para reconducir el proceso de consolidación democrática, a tres niveles simultáneamente, que tienda a incidir en la no repetición de los sucesos de junio de 2009: a. En la cultura política b. En lo institucional-normativo c. En el comportamiento de los actores”.

A criterio de Barrientos, el artículo 272 debe derogarse o procederse a una reforma profunda porque “no puede ser de que usted ponga a las Fuerzas Armadas como prácticamente árbitros del proceso electoral, esta posición del constitucionalista va también con las recomendaciones de la Comisión de la Verdad”.

Ante las recientes declaraciones de Hernández, Ana Pineda, especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humanos, publicó un artículo en Radio Progreso en que señala que intención del militar es trasladar las actas a centros operativos militares y realizar un conteo propio, argumentando que el artículo 272 de la Constitución otorga a las Fuerzas Armadas la facultad para hacerlo.

Para ella, ante las declaraciones del militar no se debe perder de vista la necesidad de revisar el rol de las Fuerzas Armadas, como lo recomendó la Comisión de la Verdad y la Reconciliación creada tras el golpe de Estado de 2009, en su informe “Para que los hechos no se repitan”.

Los tomadores de decisiones a desmilitarizar el proceso electoral, fortalecer el control civil sobre las FFAA y revisar su rol constitucional en la custodia del material electoral. La intención es clara: evitar que el poder militar se convierta en un actor político como parece ocurrir en la actualidad, manifestó la abogada.

La historia reciente nos ha enseñado que la militarización de la política es incompatible con la democracia. “Por eso, hoy más que nunca, debemos asumir las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, consistente, en que la normativa marco de regulación de las competencias de las Fuerzas Armadas debe ser restringida para poder generar una subordinación ante el Poder Civil que no permita al poder castrense el tener poder de decisión unilateral”, expresó.

La abogada Ana Pineda, sostuvo que el rol de las Fuerzas Armadas contenidas en el artículo 272 se debe revisar para evitar situaciones como las que Roosevelt Hernández pretende.

Los militares no cuentan votos

Pineda también es de criterio que la solicitud de Hernández carece de fundamento constitucional y legal porque desnaturaliza el rol encomendado a los militares. El artículo 272 de la Constitución de la República y el artículo 1 de la Ley Constitutiva delimitan expresamente la naturaleza y razón de ser de las Fuerzas Armadas definiéndola como una institución nacional de carácter permanente, profesional, apolítica, obediente y no deliberante.

En lo referente —dice el análisis— a “los demás aspectos de la seguridad del proceso” que establece el citado precepto constitucional, debe interpretarse conforme a los principios generales del derecho constitucional, electoral y estándares internacionales, de tal forma, que esos aspectos de la seguridad, son logísticos y operativos.

Eso implica que las Fuerzas Armadas deben adoptar todas las medidas que resulten necesarias para proteger el material electoral (urnas, listados, papeletas, lectores biométricos o actas, etc.) desde su salida del CNE hasta su retorno. Aquí se incluyen medidas de prevención y protección de los centros de votación ante posibles disturbios o actos de violencia y ataques a la infraestructura electoral.

Procesar votos desde los cuarteles es una interpretación extensiva y errónea del artículo 272 constitucional, consideró. Con ello, las Fuerzas Armadas se subrogarían atribuciones que no tienen e "invadirían el ámbito de atribuciones propias del CNE, generando un conflicto de competencias. Las Fuerzas Armadas deben limitarse a su rol logístico, subordinado al CNE, estrictamente neutral y distante de los partidos políticos en contienda", precisó Pineda.

Recalcó que las Fuerzas Armadas deben actuar como garantes del orden constitucional, pero nunca como intérpretes ni ejecutores autónomos de la ley. Su rol es de cumplimiento, no de deliberación ni actuación discrecional.

Insistió en el sufragio implica neutralidad política absoluta, no interferencia en campañas, ni preferencia por partidos o candidatos. Su papel se limita a la custodia logística del material electoral, sin acceso a actas ni a resultados de algún tipo, aseveró Pineda.

El principio de neutralidad institucional, continuó, está consagrado en la Carta Democrática Interamericana adoptada por la OEA en 2001, que en su artículo 1 establece que la democracia es un derecho de los pueblos de América y un deber de los gobiernos de promoverla y defenderla. Mientras, que el artículo 4 establece la subordinación constitucional de todas las instituciones a la autoridad civil legalmente constituida y, por ende, al Estado de Derecho.

Por su parte, Augusto Aguilar, exintegrante del Consejo Nacional Electoral (CNE), declaró que en la historia de los procesos electorales en Honduras nunca había sucedido que un jefe militar solicitara las copias de las actas presidenciales, como lo está haciendo Roosevelt Hernández, “es un hecho nuevo”.

“Me imagino que como hay tanta preocupación y desconfianza en todo el proceso electoral se ha tomado esa decisión de hacer la solicitud que no lo contempla la ley, pero el derecho de petición es universal y ellos (los militares) lo están pidiendo”, dijo Aguilar.

Detalló que la misión de la institución militar en los procesos electorales es la de garantizar el libre ejercicio del sufragio, cuidar el material electoral cuando lo llevan y cuando lo traen, y el tercer componente es la custodia, eso quiere decir que mientras no se entrega el material, a la autoridad correspondiente tiene que estar vigilando o custodiándolo hasta que llegue a su destino.

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Redacción web
Redacción

Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.