Honduras

Legalmente, la falta de autopsias generaría impunidad e injusticia

La huelga de los fiscales y del personal de Medicina Forense, que ya lleva varios días, tendría un impacto al momento del debate de la legalidad de las pruebas científicas ante los tribunales de justicia
31.03.2023

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La falta de autopsias en las muertes violentas y en los casos súbitos, legalmente, puede generar impunidad e injusticia, coinciden investigadores y profesionales del derecho.

Debido a la huelga de los empleados del Ministerio Público, los fiscales decidieron no asistir a los levantamientos de cadáveres y los médicos forenses no practicar las respectivas autopsias.

Las necropsias, como la parte científica, complementan el trabajo de los investigadores en la escena del crimen y son fundamentales para que los fiscales sustenten los casos ante los tribunales de justicia o para que las defensas no permitan injusticias contra los imputados.

Para el abogado y criminalista Gonzalo Sánchez, quien fue fundador y jefe de Inspecciones Oculares de la Dirección de Investigación Criminal (DIC) cuando dependía del Ministerio Público, además jefe de Registro Balístico y Secretario Ejecutivo de la DGIC como dependencia de la Secretaría de Seguridad, las autopsias se practican cuando se trata de muertes violentas y cuando son muertes súbitas.

Hasta 13 autopsias diarias ha dejado de realizar Medicina Forense

Un análisis de EL HERALDO reveló que Medicina Forense realizó entre 2019 y 2022 un promedio diario de 13 autopsias, para un total de 18,583 procedimientos.

Al extrapolar este número se podría concluir que esa podría ser la cantidad de autopsias que se han dejado de realizar en la morgue.Un informe preliminar de la Secretaría de Seguridad indica que bajo el protocolo de emergencia, por medio del cual jueces de paz y cuerpos de socorro asumen el rol de fiscales, se habían realizado del 17 al 28 de marzo 238 levantamientos de cadáveres.

Las autopsias no están escritas en piedra, son un pequeño complemento para decirle al investigador la causa y la manera de muerte, pero quien investiga en la escena del crimen, quien analiza los exámenes periciales de los laboratorios, quien da persecución al delincuente, quien da seguimiento y captura es la Policía conjuntamente con el fiscal. “Hay gente que dice, la autopsia va a revelar cómo murió... no es cierto, se lo digo como criminalista”, expresó Sánchez.

La escena del crimen representa el 80 por ciento de importancia para resolver un caso. Por ejemplo, el caso de Ana Lizeth Hernández, en la escena del crimen se debió haber realizado la posición del arma, del cuerpo, la trayectoria del proyectil, la prueba de absorción atómica para encontrar residuos de pólvora en las manos; todo eso lo hace la Policía.

Luego viene la fase psicológica: si tenían problemas, análisis de las llamadas y mensajes, hay que ubicar geográficamente al que envió y recibió los mensajes, detalló.

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Dilema

Sánchez explicó que, según el Código Procesal Penal, la ejecución de una necropsia la ordena el fiscal. Anteriormente, cuando los juicios eran escritos, era el juez quien iba a la escena del crimen, pero con los juicios orales eso cambió, ahora es el fiscal del Ministerio Público el encargado de coordinar y dirigir técnica y jurídicamente la investigación.

Con el nuevo proceso al juez le quitaron “la oficiosidad”, es decir, ya no puede ordenar una autopsia, ahora solamente es un árbitro que escucha a la defensa y a la parte acusadora y luego emite un fallo.

Aunque en el Código Procesal “hay una colita que le da facultad al juez de paz para asistir a la escena del crimen, creo yo que lo que la ley no prohíbe lo permite, entonces puede ordenar una autopsia. Habría que ver eso”.

De acuerdo con Sánchez, una autopsia ordenada por un juez, el forense puede o no realizarla, incluso tanto la parte acusadora como la defensora podrían cuestionarla ante los tribunales de justicia.“El problema es cuando nos enfrentamos a la parte legal. La defensa lo primero que va a decir es que el juez no tiene oficiosidad, entonces, ¿por qué ordenó esa autopsia al médico forense?, esto no tiene valor legal; y es cierto, no tiene valor legal, porque quien ordena que se realice la autopsia es el fiscal y si el fiscal no la ordenó entonces es nula, entonces es un gran problema”, cuestionó.

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El riesgo de impunidad es alto. “Mire, si el Ministerio Público realiza una exhumación seis meses después de enterrado un cuerpo, con los proyectiles ya no podrá identificarse el arma porque el rayado o estriado del proyectil pierde sus características”, ejemplificó Sánchez.

O, agregó el experto, “si una persona murió súbitamente y la enterraron y la exhuman dos días después ya no puede establecerse de qué murió, no digamos si pasan 15 días o un mes”.Por su parte, el abogado Oliver Erazo consideró que las autopsias son importantes tanto para definir las causas de muerte como para que el fiscal y el juez determinen el tipo de delito. No realizarlas podría generar “no solo impunidad, sino también injusticias”. Imagínese que por falta de pericia forense se condene a una persona por un delito que no cometió, reflexionó.

Ante la legalidad o no de que un juez ordene una autopsia, Erazo manifestó que en situaciones extraordinarias el juez por el principio constitucional de competencia arreglada, una vez tenga un solicitado por un órgano jurisdiccional tiene que resolver.

“Soy del criterio de que desde hace días el Poder Legislativo hubiera emitido un decreto donde faculta a especialistas forenses que no forman parte de Medicina Forense del Ministerio Público a practicar esas autopsias”, sostuvo.

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