Opinión

Ministerio Público no debe tener monopolio penal

Como ciudadano de mi país, me siento confundido con el ordenamiento jurídico nacional, tenemos un país convulsionado con la violencia y la criminalidad, los operadores de justicia se niegan a aceptar que tienen gran parte de la responsabilidad del terror que vivimos a diario y que nos ubica entre los diez países más violentos del mundo.

Cuando se publicó la Ley del Ministerio Público en fecha 6 de enero de 1994, según decreto 228-93, se estableció que se emitía con el objeto de impartir justicia con independencia, imparcialidad y legalidad, de modo práctico y eficaz.

¿Han cumplido los fiscales

su verdadera misión?

Sinceramente creo que no, porque en estos momentos los fiscales y peritos forenses son una clase privilegiada en nuestro país, gozan de inmunidad, no se les puede acusar, nadie regula su ejercicio profesional, todas las denuncias quedan engavetadas y no prospera ninguna acción penal contra ellos.

¿Por qué los fiscales tienen que decidir sin control alguno si procede o no la acción penal, contraviniendo el principio de la obligatoriedad de la acción penal pública?

En realidad el Ministerio Público retrocedió al no tener ya una política institucional única sobre las acciones penales públicas; existe una incongruencia de su política, como se documenta en el recurso de inconstitucionalidad que he presentado, en vista de que en una ciudad acusan severamente por un delito mientras que en idénticas condiciones dejan de acusar ese delito en otras ciudades, no hay quien regule la política de la acción penal pública y queda a criterio de cada fiscal. Y me preguntó: ¿a quién rinden cuentas los señores fiscales? ¿Quién evalúa lo actuado por los señores fiscales?

 

 

El Ministerio Público ha abusado del procedimiento abreviado y suspensión condicional del proceso, convirtiéndolo en un criterio de oportunidad para beneficiar al procesado en perjuicio de otros ciudadanos; violentando así, los principios de irrevocabilidad, indivisibilidad y obligación de la acción penal.

Por qué los fiscales se han tomado atribuciones de los jueces, en estos momentos ellos deciden si se cierra o no una denuncia criminal, violentando el derecho al acceso a la justicia penal de los habitantes de la República; esto es una violación a nuestra Constitución porque solo los tribunales de justicia pueden determinar si se cometió o no un delito.

Considero que los fiscales deben centrar su accionar y mostrar su verdadera valentía en los delitos de mayor impacto social como secuestros, violaciones, asesinatos, homicidios, tráfico de drogas, lavados de activos, asociaciones ilícitas, etc.; y no en casos donde tratan de beneficiar a sus amigos, a los amigos de sus amigos, excompañeros...

Comparto con el ciudadano presidente de la República, Porfirio Lobo Sosa, cuando al inaugurar Patuca III exteriorizó que 'Hay que poner orden'