Desde el período colonial, la provincia de Honduras contó con un sistema de correos que garantizaba la comunicación con la Corona española y el resto de la provincias. Pero fue hasta 1877 cuando, durante la Administración de Marco Aurelio Soto, se inauguró oficialmente el Correo Nacional de Honduras. Desde entonces, Correos de Honduras se ha desempeñado no sólo como el primer medio de comunicación del país e institución pionera del Estado, sino, también, como instancia clave en la operatividad económica y logística, en la integración del territorio, en las relaciones de la sociedad hondureña, en el comercio de ultramar y en la seguridad nacional.
Pese a ello, y a las recomendaciones de la Unión Postal Universal (UPU) y la Unión Postal para las Américas, España y Portugal (UPAEP) sobre la necesidad de actualizar el reglamento jurídico de la institución y dotarla de las herramientas para asegurar su competitividad, innovación y productividad, la empresa carece de un soporte legal de amplio espectro que le permita cumplir esas expectativas.
Desde la publicación de la Ley Orgánica de Correos de Honduras en el diario oficial La Gaceta el 2 de septiembre de 1993, la institución fue nombrada como operador designado para “representar los intereses del Estado en todo lo concerniente a correos en el ámbito nacional e internacional”. Dicha ley, en su artículo 30, numeral “d”, estipula que, entre otros, los recursos ordinarios de Honducor provendrán “del Canon Postal que se establezca a los servicios prestados por mensajerías privadas, encuadrados en el régimen de autorización para la emisión, transporte y entrega de la correspondencia actual, personal o pequeñas encomiendas”.
Asimismo, el Reglamento Regulador de la Prestación de Servicios de Mensajería por Parte de Empresas Privadas, adscrita a la Ley Orgánica de la institución y vigente desde el 6 de diciembre de 2003, considera que “es atribución privativa de Honducor fijar el Canon Postal que se establezca a las empresas de mensajerías privadas”, así como “la emisión de un reglamento para regular dichas empresas”.
El problema radica en que, a pesar de que Honducor fijó las tarifas del Canon Postal con que operan las mensajerías privadas (couriers), así como el reglamento regulador ya citado, en los últimos años ha florecido una inmensa cantidad de couriers que operan en la clandestinidad y que, los que sí tiene licencia, reportan pagos mínimos a la máxima institución postal.
Esa situación ha creado un ambiente adverso para Honducor porque, mientras los costos operativos de la empresa se han incrementado exponencialmente en los últimos años, las tarifas que la empresa cobra a los couriers permanecen congeladas desde 2003, creando un desbalance tarifario que perjudica gravemente los intereses del Estado.
De ese modo, tanto las operaciones de los couriers que trabajan ilegalmente (cuya cobertura reduce las posibilidades de Honducor en el sector postal), así como los modestos dividendos que la empresa percibe de los couriers formales, han contribuido de manera decisiva al declive de la institución postal.
No obstante, esto no significa que la situación actual de Honducor (que en la actualidad mejora) se deba totalmente al trabajo de los couriers -cuya operatividad contribuye al desarrollo- sino, sobre todo, a la inexistencia de una ley marco para el sector postal que ratifique, de una vez por todas, el papel de Honducor como institución pionera y rectora del sector postal de Honduras.
Honduras merece una legislación postal superior que vele por los intereses del Estado y la sociedad hondureña, y estamos trabajando para ello