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¿Persecución política?

El presidente Marco Aurelio Soto llegó al poder en 1876 y renunció al mismo en 1883, por desacuerdos políticos con el mandatario guatemalteco Justo Rufino Barrios relacionados con la pretensión de este de reunificar a Centro América por la vía armada.

El sucesor de Soto, Luis Bográn, ordenó el embargo de los bienes de Soto en Guatemala y Honduras; a principios de 1885, el Congreso le imputó los delitos de concusión y dilapidación de caudales públicos durante ejerció la primera magistratura. El Ejecutivo designó una comisión investigadora que inició labores en 1885 y cuyo informe fue analizado por el Legislativo en 1887.

En este documento se incluían pagos realizados por Soto a favor de Céleo Arias, Tranquilino Bonilla, Luis Bográn y algunos de sus ministros, razón por la cual “de hecho se suspendió el mencionado examen y el Congreso no se pronunció en ningún sentido y el trabajo realizado no dio ningún resultado”, de acuerdo al historiador Rómulo E. Durón en su obra “Biografía del doctor Marco Aurelio Soto”.

Señala que “las investigaciones de la conducta fiscal del dr. Soto no produjeron ni podían haber producido cargo alguno contra él; por ello no existe contra él ninguna sentencia condenatoria”.

Para el periodista Paulino Valladares, seguidor de Soto, “sin pruebas, estos cargos son temerarios y arriesgados... creó la renta nacional y se aprovechó de su situación para llevar dinero a Estados Unidos y a Europa. Responsabilidad grave esa, de la que se puede disculpar estableciendo algunos paralelismos y tomando en consideración lo fecundo de su labor administrativa y política”.

Durante el siglo XX e inicios del XXI varios gobernantes hondureños, tras dejar el sillón presidencial, han denunciado “persecución política” cuando la justicia ha indagado el origen y procedencia de sus bienes, antes, durante y después de abandonar el poder, alcanzado por el voto o por las balas.

La lección es que todos, sin excepción, están obligados a rendir cuentas de sus acciones de cara a la ciudadanía, actuando con absoluta honradez, eficacia y transparencia en el ejercicio del cargo, por cuanto son servidores públicos.