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La responsabilidad del funcionario público

a función pública entraña el más alto grado de responsabilidad, pues no hay nada más delicado que administrar los bienes que pertenecen a toda la ciudadanía que, con sus impuestos, aporta los recursos para financiar en forma anual el presupuesto de la nación.

En un país como Honduras, en el cual la mayoría de la población vive en condiciones extremas de pobreza, tanto así que sus ciudadanos en gran número deciden emigrar expatriados por fuerza de la necesidad, la responsabilidad de aquellas personas que deciden sacrificarse para participar en el engranaje de la administración pública es tremenda, pues no están manejando sus propios peculios, sino los escasos recursos que una población pobre, en su mayoría, aporta mediante tributos al presupuesto de la nación.

Es por esta razón que el principio de legalidad, consagrado en la Constitución de la República, establece para el funcionario público un estándar de cumplimiento y responsabilidad mucho más alto que aquel que nos compete a los ciudadanos en nuestra vida privada. El principio de legalidad solo permite al que participa de la administración pública realizar lo que la ley expresamente le autoriza. Por esto, el artículo 321 de la Constitución dice: “Los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad”.

El artículo 324 constitucional termina de definir la responsabilidad del servidor público diciendo: “Si el servidor público en el ejercicio de su cargo infringe la ley en perjuicio de particulares será civil y solidariamente responsable junto con el Estado o con la institución estatal a cuyo servicio se encuentre, sin perjuicio de la acción de repetición que estos pueden ejercitar contra el servidor responsable, en los casos de culpa o dolo. La responsabilidad civil no excluye la deducción de las responsabilidades administrativa y penal contra el infractor”.

Aceptar una diputación, una cartera ministerial, una judicatura o, incluso, la mayor responsabilidad para un ciudadano en el contexto de un régimen presidencialista como el nuestro, la Presidencia de la República implica una tremenda responsabilidad pues quedamos sujetos, bajo el ámbito inexpugnable del principio de legalidad, al cumplimiento de la Constitución y de las leyes.

El juramento solemne que cada funcionario profesa, con su mano derecha alzada en el aire y la izquierda sobre la Constitución, no es mera retórica y se vuelve un compromiso que perseguirá a aquel que lo realiza durante toda su vida, pues sus actos serán no solo juzgados por la historia, sino también por la justicia humana que exaltará la figura de aquel que cumpla con su palabra, pero también reclamará, con todo el peso de la ley, a aquel que la incumpla.

En este año de política, cada ciudadano que acepte participar de una elección a cargos o que considere participar del equipo de gobierno actual o del siguiente, debe tener claro el sacrificio al que se estará sometiendo, muchas veces ganando menos de lo que usualmente podría pagarle la empresa privada, teniendo mayores restricciones a su tiempo familiar, muchas veces sacrificando su patrimonio personal de tal forma que, al final de sus períodos en la función pública, al igual que José Trinidad Cabañas, si son honestos, pueden salir más pobres que como entraron.

Por esto, exhortamos a todos aquellos que consideren participar en la función pública mediten bien su decisión, asuman el compromiso de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes con responsabilidad y sabiendo que, como servidores públicos, deberán cumplir con sus obligaciones laborales con competencia y honradez o, de los contrario, la historia y la ley los juzgará tarde o temprano

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