En relación al editorial titulado “Tensiones en el mar de China Oriental”, publicado el día 15 de diciembre de 2012 en el periódico EL HERALDO, nosotros creemos también que es importante promover acciones de cooperación para alcanzar una situación estable y pacífica en el mar de China Oriental. Por otra parte, y considerando la idea del presidente Ma de la “Iniciativa de Paz en el Mar de China Oriental”, que menciona dicho editorial, tenemos entendido que contiene parcialmente unos puntos que no podemos aceptar. Quisiéramos aprovechar la oportunidad para presentar los puntos de vista de Japón al respecto, con el objetivo de proveer a los ciudadanos hondureños una visión más amplia sobre este tema.
Desde 1885, el Gobierno de Japón reiteradamente ha efectuado reconocimientos topográficos a través de la Prefectura de Okinawa sobre las islas Senkaku, y mediante otros métodos. A través de estas inspecciones se confirmó que las islas Senkaku han estado deshabitadas y no mostraron rastro alguno de haber estado bajo el control de China. Basado en esta confirmación, el Gobierno de Japón tomó la decisión en su Gabinete del 14 de enero de 1895 de erigir un marcador en las islas para incorporar formalmente las islas Senkaku en el territorio de Japón.
Desde entonces, las islas Senkaku se han mantenido continuamente como parte integrante de las islas Nansei Shoto, las cuales son parte del territorio del Japón. Estas islas no fueron parte ni de Taiwán ni de las islas Pescadores, fueron cedidas al Japón desde la dinastía Qing de China, de conformidad con el artículo II del Tratado de Shimonoseki, que entró en vigor en mayo de 1895.
En consecuencia, las islas Senkaku no se incluyen en el territorio al cual Japón renunció bajo el artículo II del Tratado de Paz de San Francisco. Las islas Senkaku habían sido colocadas bajo la administración de los Estados Unidos de América como parte de las islas Nansei Shoto, de acuerdo con el Artículo III de dicho Tratado, y se incluyen en el área, con los derechos administrativos sobre los cuales fueron revertidas a Japón, según el acuerdo entre Japón y los Estados Unidos de América relativo a las islas Ryukyu y las islas de Daito, firmado el 17 de junio de 1971. Los hechos descritos en el presente documento indican claramente el estado de las islas Senkaku, siendo parte del territorio de Japón.
El hecho de que el Gobierno de la República Popular de China no expresara ninguna objeción a la situación de las islas bajo la administración de los Estados Unidos de acuerdo al artículo III del Tratado de Paz de San Francisco, indica claramente que China no consideraba las islas Senkaku como parte de Taiwán. No fue hasta la segunda mitad de 1970, cuando surgió a la luz el tema del desarrollo de los recursos de petróleo en la plataforma continental del mar de China Oriental, que las autoridades del Gobierno de China y Taiwán comenzaron a plantear preguntas sobre las islas Senkaku.
Además, ninguno de los puntos planteados por el Gobierno de China como evidencia “histórica, geográfica o geológica” proporciona una justificación válida a la luz de la ley internacional para apoyar los argumentos de China con respecto a las islas Senkaku.
Cabe destacar que no podemos aceptar la “Iniciativa de Paz en el Mar de China Oriental”, que fue recientemente anunciada por la parte de Taiwán, ya que en su iniciativa está incluida la opinión unilateral de Taiwán relacionada a la soberanía de las islas Senkaku. Sin embargo, creemos en las ideas de Japón y Taiwán sobre la importancia de iniciar la cooperación práctica y concreta para mantener la paz y la estabilidad en el mar de China Oriental, absteniéndose mutualmente de implementar conductas desafiantes que puedan escalar el conflicto e inducir la colisión accidental. Desde este punto de vista, Japón había propuesto a Taiwán la reanudación de las conversaciones de pesca entre Japón y Taiwán, y se realizaron el día 30 de noviembre de 2012 en Tokio, con la presencia de representantes de ambos países. Como el Gobierno de Japón, esperamos que continúe un diálogo constructivo en los temas de interés común para ambas partes, como el tema de la pesca.