Honduras

Ley de la Policía regulará a unidad especial TIGRES

25.05.2017

Tegucigalpa, Honduras
La Tropa de Inteligencia y Grupos de Respuesta Especial de Seguridad (TIGRES) será parte de las unidades especiales de la Policía Nacional al incorporarse en el articulado de la nueva Ley Orgánica de esta institución armada.

Así quedó determinado en el dictamen de esta normativa que se encuentra en proceso de aprobación en la Cámara Legislativa.

“La unidad TIGRES tenía una ley especial, en la nueva Ley Orgánica de la Policía se mantiene esta unidad élite, pero pasa a la unidad de Fuerzas Especiales de la Policía”, precisó el asesor de la Comisión Especial para el Proceso de Depuración y Transformación de la Policía Nacional, Carlos Hernández.

Agregó que “TIGRES siguen manteniendo el mismo peso, la misma fuerza, es un grupo élite, solo que ya no hay otra ley, sino que entra en esta misma legislación”.

El órgano especial policial que opera bajo la estrategia interinstitucional de seguridad está contemplado en el decreto legislativo 103-2013.

Sin embargo, una vez publicada la nueva Ley Orgánica de la Policía pasa a formar parte de este instrumento jurídico.

En el artículo 87 de la legislación se establece la Dirección Nacional de Unidades Especiales (DNUE), la cual es encabezada por la unidad TIGRES, seguida por el Comando de Operaciones Especiales (Cobras).

Al mismo tiempo se creará una unidad antimotines, aéreo policial y otras que sean creadas mediante ley o reglamento.

El decreto contentivo de la unidad élite de la PN quedó derogado mediante el artículo 128 de este estamento legal.

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Suspenso
Dos artículos de la normativa han quedado en suspenso, mientras que la disposición contentiva al presupuesto que se le asignará a la Secretaría de Seguridad fue eliminada a petición de varios diputados.

En ese sentido, aspectos del salario policial y la gratuidad del servicio que presta este cuerpo del orden se retomarán en la sesión ordinaria del próximo martes.

Al concluirse la discusión y aprobación en tercer y último debate de esta ley no entrará en vigencia de inmediato tras su publicación en el diario oficial La Gaceta, sino que será 20 días después.

Los reglamentos complementarios deberán ser elaborados en los subsiguientes seis meses.