Columnistas

Constituyentes y constituciones: 1825

Al integrarse la ex Capitanía General de Guatemala como nación emancipada y una vez liberada de la anexión a México, la Asamblea Constituyente reunida en Guatemala proclamó la independencia absoluta en 1823 y procedió a redactar la Constitución Federal, adoptando la forma republicana del istmo bajo el nombre de Provincias Unidas del Centro de América. 1824).

En consonancia con tal disposición, el Estado de Honduras convocó a la Constituyente que inició sus labores en Cedro para luego alternar la sede entre Comayagua y Tegucigalpa, disposición que tomaba nota de la rivalidad existente entre ambas. Adoptó una legislatura bicameral en tanto los titulares del Ejecutivo eran electos indirectamente por los ciudadanos. La Carta Magna estatal reflejó la influencia de la Federal; empero, en su artículo 32 establecía que la Asamblea del Estado hondureño tenía la facultad de interpretar las leyes emitidas por el Congreso Federal, por lo que, de acuerdo al politólogo William Stokes, “el gobierno federal estaba sujeto al veto por la legislatura de Honduras”.

Dionisio de Herrera fue electo como primer Jefe del Estado. En la circular enviada a los Intendentes se encuentran sabias reflexiones alusivas a la Constitución, entre ellas éstas: “...Para cumplirla, es necesario saberla: para amarla, es necesario conocerla: para defenderla, es preciso haberse penetrado de sus ventajas; y solo la aplicación y el estudio pueden hacer que se conozca...estudiarla de día y meditarla de noche, es el deber primero de todo funcionario público, que está obligado a cumplirla religiosamente por su parte y hacerla cumplir a los demás ciudadanos. Estos deben...saber cuáles son los deberes que la Ley les impone...y los derechos que les concede, para saberlos gozar y defender”.

Consecuente con estas conclusiones, dispuso que cada Intendente, en su respectivo departamento, convocara a los habitantes para divulgar y explicar los alcances de tal documento, procurando “su perfecta, estable y exacta observancia”.

Así, Herrera fomentaba la participación ciudadana en la forja de la institucionalidad y en la construcción de patria.

Su ejemplo no siempre fue continuado por posteriores gobernantes: hubo quienes, desde el poder, irrespetaron y violaron los contenidos constitucionales para acomodarlos a sus intereses personales y grupales, olvidándose que el pueblo es el soberano, quien delega en sus representados tal derecho.

El Maestro Efraín Moncada Silva advertía: “A medida que el comportamiento anticonstitucional va convirtiéndose en algo familiar en el modo de vida de un pueblo, se va perdiendo la fe en la Constitución y sus instituciones, lo que conduce inevitablemente a la atrofia constitucional, con su consiguiente secuela política y social”.