Condonación de deudas con la ENEE: ¿Quiénes pueden aplicar tras las reformas energéticas aprobadas?
La nueva Ley de Justicia Energética contempla la condonación de deudas con la ENEE para determinados usuarios. Conozca quiénes podrán aplicar al beneficio y cuáles son los requisitos
- Actualizado: 02 de septiembre de 2026 a las 10:32
La Ley de Justicia Energética, aprobada el pasado 31 de agosto por el Congreso Nacional, también contempla la condonación de deudas para algunos abonados de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). Sin embargo, para acceder a este beneficio se deben cumplir una serie de requisitos.
Se harán condonaciones especiales para personas naturales que sean titulares de un servicio residencial y tengan una deuda pendiente con la estatal eléctrica. Sin embargo, el beneficio solo aplicará a hogares que tengan un consumo menor a 250 kilovatios hora (kWh).
Guillermo Peña Panting, gerente de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), explicó en el programa Frente a Frente, del 1 de septiembre, varios puntos importantes sobre esta medida.
Panting aclaró que no todas las personas con deudas en la estatal eléctrica quedarán exoneradas. Se tomará en cuenta a los hogares con más de 120 días de atraso, puesto que después de ese período las cuentas son consideradas incobrables.
“Tenemos conocimiento de que son como 16 años de no tener estados financieros auditados y entonces estimamos que son como 5 mil millones de cuentas incobrables, cuentas muy viejas”, explicó el gerente de la ENEE.
Además de tomar en cuenta la antigüedad de la deuda y que el consumo sea menor o igual a 250 kWh, también se verificarán las condiciones económicas del interesado.
Una vez condonada la deuda, el gerente de la ENEE explicó que el beneficiario deberá asumir el compromiso de instalar un medidor y comenzar a pagar por el consumo de energía eléctrica que registre en adelante.
“Se va a hacer una revisión de la casa, un compromiso de colocar un medidor y se hacen esos compromisos de responsabilidad de la cuenta, que a veces son cuentas gigantescas que no han podido pagar y se generaron intereses”, agregó el gerente de la ENEE.
Es importante aclarar que, aunque el usuario cumpla con los requisitos, la deuda no será condonada de forma automática. El interesado deberá solicitar el beneficio ante la ENEE y la empresa procederá a verificar el historial de consumo y las condiciones del servicio, incluida la inspección del medidor.
Cabe destacar que los usuarios solo podrán aplicar al beneficio una única vez. La medida no aplica a quienes tengan un consumo superior a 250 kWh ni a los servicios utilizados para actividades comerciales, industriales o similares.
Una vez condonada la deuda, la familia deberá continuar pagando normalmente la electricidad que consuma en el futuro. El beneficio también contempla a algunas alcaldías. Estos son los detalles establecidos en la nueva legislación.
El artículo 19 de la Ley de Justicia Energética especifica: “Se condonan a las corporaciones municipales de categorías C y D los saldos adeudados a la ENEE por consumo de energía eléctrica, incluidos recargos, intereses y multas acumulados hasta la entrada en vigencia de la ley”.
“A partir del mes siguiente, las nuevas obligaciones deberán pagarse mediante débito automático de las transferencias que reciben las municipalidades. Las municipalidades de categorías A y B podrán conciliar y negociar sus saldos con la ENEE”, cita el artículo 19.
El artículo 19 también aclara que " A partir del mes siguiente, las nuevas obligaciones deberán pagarse mediante débito automático de las transferencias que reciben las municipalidades. Las municipalidades de categorías A y B podrán conciliar y negociar sus saldos con la ENEE".